Amigos:
En
la sesión del 22 de octubre de 2014, los diputados aprobamos un dictamen que
adiciona un segundo párrafo al artículo 8 de la Ley de Migración, con el fin de
que la Secretaría de Educación Pública desarrolle un modelo de inclusión
educativa para los hijos de jornaleros agrícolas migrantes.
El
dictamen surge de una iniciativa presentada el 25 de febrero pasado por el
diputado Ricardo Mejía Berdeja (MC), fue aprobado por unanimidad, con 366 votos
a favor, y se turnó al Senado para su análisis.
En
el documento se señala que la redacción actual del artículo 8 de la Ley de
Migración establece la facultad de los migrantes para acceder a los servicios
educativos independientemente de su situación migratoria y esta reforma viene a
dar el elemento de la obligación correlativa.
Considera
que al establecer que la Secretaría de Educación Pública diseñará, implementará
y ejecutará un modelo integral de inclusión educativa para los hijos de
jornaleros agrícolas migrantes, se contribuirá a dar cumplimiento a lo
establecido en el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT).
Este
convenio plantea garantizar a todos los niños y niñas un modelo de inclusión
educativa y social con mayor énfasis en la situación de los hijos de jornaleros
agrícolas migrantes.
En
el documento se recuerda que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para
el Ejercicio Fiscal 2013 (PEF 2013) figura un presupuesto de 223 millones 226
mil 902 pesos en el Programa de Educación Básica para Niños y Niñas de Familias
Jornaleras Agrícolas Migrantes.
Sin
embargo, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
de 2014 (PEF 2014) dicho programa no aparece, por lo tanto tampoco el monto
destinado.
El
diputado Mejía Berdeja refirió que en octubre pasado la Comisión de Asuntos
Migratorios aprobó una opinión para solicitar que al programa de Educación
Básica para Niños y Niñas de Familias Jornaleras Agrícolas Migrantes se le
restituya por lo menos el monto que se le asignó en 2013, sin que se atendiera
esa propuesta.
Por
ello se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 8 de la Ley de
Migración, para quedar como sigue:
La
Secretaría de Educación Pública diseñará, implementará y ejecutará un modelo
integral de inclusión educativa para los hijos de jornaleros agrícolas
migrantes.
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