Amigos
y amigas:
Aprobamos
reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a
fin de homologar legalmente el uso del agua en la actividad acuícola con el de
otras actividades productivas primarias, como la agricultura o pecuaria.
El
dictamen que se avaló con 403 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones,
surge de una iniciativa que el diputado Alfonso Inzunza Montoya (PRI) presentó
en octubre pasado, y se turnó al Senado para su análisis y eventual
ratificación.
Se
reforma una fracción del artículo 3 y se adiciona una fracción VII Bis al
artículo 3; y se reforman los numerales del Artículo Décimo Quinto Transitorio
del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley de Aguas Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 29 de abril de 2004”.
Se
establece como Aprovechamiento de Paso: Aquél realizado en cualquier actividad
que no implique consumo de volúmenes de agua, y sus alteraciones no excedan los
parámetros que establezcan las normas oficiales mexicanas.
Sobre
el Uso de Acuacultura señala: el aprovechamiento de paso de aguas nacionales en
el conjunto de actividades dirigidas a la reproducción controlada, pre engorda
y engorda de especies de la fauna y flora realizadas en instalaciones en aguas
nacionales, por medio de técnicas de cría o cultivo, que sean susceptibles de
explotación comercial, ornamental o recreativa.
En
el contenido de la iniciativa se refiere que la acuacultura en México es una
actividad que se desarrolla en todo el territorio nacional mediante el cultivo
de especies como el camarón, tilapia, langostino, bagre, trucha arcoíris,
ostión y peces de ornato.
Por
tanto, el fortalecimiento de esta actividad productiva, favorecerá el
desarrollo económico y de producción de alimentos en diversas regiones del
país.
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