Amigos:
Les
informo que en la sesión del 11 de diciembre, los diputados aprobamos un
dictamen que reforma la Ley de Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de
los Trabajadores (Infonacot), a fin de optimizar el otorgamiento de créditos y
su recuperación, en beneficio de al menos 19 millones de trabajadores.
También
tiene por objeto que el Infonacot instrumente acciones y participe en programas
y proyectos que garanticen créditos y valores otorgados o emitidos por
entidades financieras.
El
dictamen surge de una iniciativa enviada por el Ejecutivo federal, el 21 de
octubre de 2014, fue aprobado con 375 votos a favor, tres en contra y 17
abstenciones, y pasa al Senado de la República para su análisis e eventual
ratificación.
Con
estas reformas el Infonacot impulsará acciones conjuntas de financiamiento y
asistencia con personas públicas o privadas y realizará estudios económicos y
sociales y financieros necesarios para el desarrollo de su objeto, a fin de
allegarse recursos que le permitan minimizar el costo del crédito y trasladar
esta eficiencia a los trabajadores.
También
armoniza sus objetivos con la reforma al artículo 103 Bis de la Ley Federal del
Trabajo, a fin de otorgar crédito a los trabajadores facilitando su acceso a
los servicios financieros que promuevan su ahorro y la consolidación de su
patrimonio.
Establece
los términos y condiciones a los que deberá sujetarse la obligación de los
patrones de afiliarse ante el Infonacot para facilitar el otorgamiento de
créditos, así como para contratar servicios y adquirir bienes duraderos.
Redistribuye
las funciones encomendadas al Consejo Directivo y a la Administración del
Infonacot e introduce el concepto de “Manual de Crédito”, en el que se
establecen los procesos, metodologías, procedimientos e información necesaria
para el otorgamiento, administración y recuperación del crédito.
Asimismo,
se adiciona la atribución del Instituto para gestionar la recuperación de los
créditos que otorga.
Se
busca fortalecer la obligación legal de los patrones para efectuar descuentos,
deducciones o retenciones, así como a enterar de éstos a los trabajadores, ya
que en caso de no hacerlo estarán sujetos a las sanciones que correspondan en
términos de la ley.
Se
faculta al Infonacot para celebrar instrumentos jurídicos con las personas
morales publicas de los tres órdenes de gobierno, de cualquier de los poderes,
incluidos los órganos autónomos y cualquier órgano o unidad paraestatal,
federal estatal o municipal, a fin de que los trabajadores se beneficien de los
créditos que otorga el Instituto.
Con esta reforma, el
Infonacot también podrá celebrar operaciones con instrumentos financieros
derivados para fines de cobertura de riesgo, apegándose de manera estricta con
las disposiciones emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
(CNBV).
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