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miércoles, 24 de junio de 2015

Avalamos minuta que reforma la Ley General de Cambio Climático para ampliar los ecosistemas que la federación debe preservar, restaurar y conservar

Amigos:

Quiero comunicarles que en la sesión ordinaria del 26 de Marzo de 2015 avalamos el dictamen de una minuta del Senado que reforma la Ley General de Cambio Climático para incluir a los ecosistemas acuáticos, marinos, costeros, islas, cayos, arrecifes y los recursos hídricos, entre los que tienen la atención de la federación.

El inciso a, de la fracción VI, del artículo 7, de esa ley, establece que son atribuciones de la federación: la preservación, restauración, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, los ecosistemas terrestres.

Con esta reforma se incluyen los ecosistemas acuáticos, marinos, costeros, islas, cayos, arrecifes y los recursos hídricos.

El dictamen surge de una iniciativa del Senado de la República, del que la Cámara de Diputados dio cuenta el pasado 3 de febrero, fue aprobado en San Lázaro por unanimidad, por 338 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo para su promulgación.

En el documento se considera pertinente que la Ley General de Cambio Climático sea congruente con la Constitución Política, toda vez que en ella se establece específicamente que las islas, cayos y arrecifes comprenden también al territorio nacional, con el fin de obtener el beneficio y protección que proporcionan todos los cuerpos normativos que regulan el país.

Señala la necesidad de especificar el nombre de los ecosistemas, dadas las diferencias de cada uno, y que la Ley General de Cambio Climático los incluya para lograr un mejor entendimiento dentro de las atribuciones de la federación.


El cambio climático afecta indudablemente todos los ecosistemas del país, por eso es de suma importancia procurar que todos y cada uno de ellos cuenten con la debida atención y protección que garantiza la Constitución Política y cada una de las leyes, en este caso, la de cambio climático, sostiene.

Aprobamos que Comisión Intersecretarial de Cambio Climático presente informe anual en septiembre e incluya uso de recursos del Fondo para el Cambio Climático

Amigos y amigas:

Quiero comunicarles que en la sesión ordinaria del 26 de Marzo de 2015 en la Cámara de Diputados aprobamos reformas para que la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático presente su informe anual de actividades en el mes de septiembre y que incluya las acciones que se llevaron a cabo con recursos del Fondo para el Cambio Climático.

Estos informes deben de publicarse en la página de Internet designada para tal efecto, de acuerdo con el dictamen que reforma los artículos 47, 86 y 107 de la Ley General de Cambio Climático, el cual surge de una iniciativa presentada en el Senado y que se turnó a la Cámara de Diputados en diciembre pasado.

El documento fue aprobado por unanimidad con 327 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación.

Con esta modificación se pretende mejorar el marco de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información con que se rige la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático.

La comisión, en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y Geografí (Inegi) y el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), deberá incluir en su informe anual las acciones realizadas con recursos del Fondo para el Cambio Climático.

También debe contemplar los recursos que anualmente se asignan en el Presupuesto de Egresos de la Federación a las dependencias que integran la Comisión para cumplir con las obligaciones de esta ley y la forma en que se ejercieron.

Asimismo, los resultados de las evaluaciones de la política nacional de cambio climático.
El Fondo para el Cambio Climático se sujetará a los procedimientos de control, auditoria, transparencia, evaluación y rendición de cuentas que establece la Ley General de Cambio Climático y las disposiciones legales aplicables.


Este organismo tiene por objeto captar y canalizar recursos financieros públicos, privados, nacionales e internacionales, a fin de apoyar la implementación de acciones para enfrentar el cambio climático y las medidas relacionadas con la adaptación serán prioritarias en la aplicación de sus recursos.

jueves, 4 de junio de 2015

Avalamos reforma a Ley General de Cambio Climático, a fin de que los municipios se puedan coordinar y asociar para implementar acciones en la materia

Amigos y amigas:

Quiero comunicarles que en la sesión ordinaria del 3 de Marzo de 2015 aprobamos un dictamen que adiciona un párrafo al artículo 9 de la Ley General de Cambio Climático, con el fin de que los municipios puedan coordinarse y asociarse entre ellos, para una eficiente implementación de acciones en esta materia.

El documento surge de una iniciativa que fue aprobada el pasado 22 de octubre en el Senado y turnada a la Cámara de Diputados, donde fue avalada por unanimidad, con 355 votos a favor, y se envió al Ejecutivo federal para su promulgación.

Señala que la acción municipal resulta de particular importancia para la atención de los retos que supone el cambio climático, pues se trata de un orden de gobierno cuyo poder de acción y gestión tiene un impacto inmediato en la población.

Recuerda que la Ley General de Cambio Climático contempla diversos mecanismos de participación en los que convergen los tres órdenes de gobierno.

Sin embargo, aclara que “no incluye una disposición expresa que faculte a los municipios a asociarse o celebrar acuerdos de coordinación entre ellos, para cumplir a cabalidad con las competencias que la ley les atribuye”.

El párrafo que se adiciona señala: “Los municipios, con acuerdo de sus ayuntamientos, podrán coordinarse y/o asociarse para una eficiente implementación de las disposiciones previstas en este artículo” 9 de la Ley General de Cambio Climático.

Este artículo se refiere a “formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático, en concordancia con la política nacional y estatal”.

También plantea formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional, el Programa estatal en materia de cambio climático y con las leyes aplicables, en las siguientes materias:

Prestación del servicio de agua potable y saneamiento; ordenamiento ecológico local y desarrollo urbano; recursos naturales y protección al ambiente de su competencia; protección civil; manejo de residuos sólidos municipales y transporte público de pasajeros eficiente y sustentable en su ámbito jurisdiccional.

También fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para la mitigación y adaptación al cambio climático, así como desarrollar estrategias, programas y proyectos integrales de mitigación al cambio climático para impulsar el transporte eficiente y sustentable, público y privado.


Asimismo, realizar campañas de educación e información, en coordinación con el gobierno estatal y federal, para sensibilizar a la población sobre los efectos adversos del cambio climático.

sábado, 23 de mayo de 2015

Aprobamos reformas a la Ley General de Cambio Climático, a fin de incluir la protección de los derechos humanos ante los efectos adversos del cambio climático

Amigos y amigas:

Les informo que en la sesión ordinaria del 24 de Febrero de 2015 en la Cámara de Diputados aprobamos un dictamen que reforma la Ley General de Cambio Climático, a fin de incluir la protección de los derechos humanos que sean vulnerados por los efectos adversos del cambio climático.

El documento señala que los efectos relacionados con el cambio climático proyectados amenazan el disfrute efectivo de una serie de derechos humanos, como el derecho al agua segura y suficiente, la alimentación, el derecho a la salud y a una vivienda adecuada.

Advierte que en cierta medida se potencializa más la amenaza si se considera el impedimento al goce de los derechos humanos.

El documento surge de una iniciativa presentada, en noviembre de 2014, por el diputado Ossiel Omar Niaves López (PRI) y reforma los artículos 1; 2, fracción I; y adiciona una fracción XIII al artículo 26 y una fracción VII al artículo 27 de esa ley.

Fue aprobado por 393 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones, y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

Con esta reforma se establece que es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte en materia de protección al ambiente, desarrollo sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico y “derecho a un medio ambiente sano”.

Además, se garantiza el derecho a un medio ambiente sano “permitiendo su goce y ejercicio” y se establece la concurrencia de facultades de la federación, las entidades federativas y los municipios, en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero.

También se consigna la “preservación y protección a los derechos humanos que sean vulnerados por los efectos adversos del cambio climático” y se determina la obligación de “informar sobre el impacto que los efectos adversos del cambio climático podrían causar al derecho a un medio ambiente sano”.


El documento recuerda que la Constitución estipula la generalidad en cuanto al goce de los derechos fundamentales, como son la igualdad, libertad de decisión, buena alimentación, salud, acceso, disposición y saneamiento del agua, identidad, vivienda digna, a vivir en un ambiente sano, entre otros; así como el hecho de que el Estado se compromete a garantizarlos.

viernes, 8 de agosto de 2014

Aprobamos impulsar rendición de cuentas en dependencias que utilizan recursos para contrarrestar el efecto del cambio climático

Amigos:

Los diputados aprobamos en la sesión ordinaria del 13 de marzo una reforma para impulsar la rendición de cuentas en las dependencias que utilizan recursos para contrarrestar el efecto del cambio climático e incluir dentro la causa de problemas ambientales el impacto de la intervención del hombre en el medio ambiente.

El dictamen de la Comisión de Cambio Climático deriva de tres iniciativas presentadas en octubre y noviembre pasados por los diputados Yesenia Nolasco Ramírez (PRD); Ramón Antonio Sampayo Ortiz y Sergio Augusto Chan Lugo (PAN); y por el diputado Rodrigo Chávez Contreras, de MC.

El documento, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, fue avalado por unanimidad, con 388 votos a favor, y se turna al Senado de la República para su ratificación.

Mediante la reforma se establece que en la formulación de la política nacional de cambio climático se observará el principio de mitigación, entendido como la aplicación de políticas y acciones de intervención antropogénica destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero.

Asimismo, se precisa que el concepto de vulnerabilidad se refiere al grado de susceptibilidad o incapacidad de los sistemas naturales y productivos para soportar los efectos adversos al cambio climático.

También se agrega que en la formulación de la política nacional de cambio climático se observarán el principio de transversalidad y direccionalidad, y que en el diseño de planes y acciones participen conjuntamente los sectores sociales y privados involucrados.

“Con lo anterior, evitaremos que las acciones sigan siendo unas independientes de otras, buscando en todo momento, coordinar acciones desde la construcción de las políticas y que las acciones tengan impactos diferenciados”, indica el documento.

Finalmente, se establece que la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático rendirá un informe anual público sobre las acciones que se llevaron a cabo con recursos del Fondo para el Cambio Climático y los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) a dicho rubro.

Actualmente, la Comisión sólo debe elaborar un informe anual sobre la situación general del país en materia de cambio climático y los resultados de las evaluaciones de la política nacional de cambio climático, el cual se puede consultar en su página de Internet.

viernes, 24 de enero de 2014

Aprobamos que sea atribución de la federación realizar campañas de educación e información para sensibilizar sobre causas del cambio climático

Amigos:

Les informo, por este medio, que los diputados federales, en nuestra sesión ordinaria del 29 de octubre, aprobamos por unanimidad un dictamen para establecer como atribución de la federación la realización de campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre las causas del cambio climático, y lo enviamos al Senado para su ratificación.

El dictamen, de la iniciativa propuesta en julio pasado por la diputada del PVEM, Rosa Elba Pérez Hernández, reforma la fracción XI del artículo 7 de la Ley General de Cambio Climático, y fue aprobado por 444 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Tiene por objeto sensibilizar a la población no sólo sobre los efectos del cambio climático, sino también sobre las causas que lo originan y que son ocasionadas por la actividad humana.

Asimismo, busca armonizar dicha legislación con la Estrategia Nacional de Cambio Climático, la cual plantea acciones para enfrentar los efectos del cambio climático y transitar hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono, en el mediano y largo plazos.

“Debe de implementarse un enfoque preventivo para encarara las causas que dan origen a la alteración de la naturaleza por parte del hombre y que sirva de complemento a las disposiciones legales existentes, así como a los esfuerzos de la población civil en la materia”, señala el dictamen aprobado por los diputados.

Agrega que para afrontar con efectividad al cambio climático, es necesario entender las razones que le dan origen y enfocarse en medidas preventivas que involucren una colaboración conjunta entre sociedad y el gobierno.

Finalmente comenta que la Ley General de Cambio Climático, promulgada en junio de 2012, “confirma el esfuerzo y compromiso del Estado mexicano para encarar las negativas consecuencias del cambio climático”, por lo que debe mantenerse en constante análisis para adecuarla al contexto histórico-social.

Avalamos minuta del Senado para armonizar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal con la Ley General de Cambio Climático

Amigos:

El 29 de octubre, los diputados aprobamos por unanimidad, con 436 votos a favor, una minuta del Senado para armonizar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal con la Ley General de Cambio Climático, promulgada en junio de 2012, y la enviaron al Ejecutivo para su promulgación.

El dictamen, propuesto en diciembre de 2012 por la senadora Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN), adiciona una fracción XLI al artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Establece que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) estará obligada a elaborar y aplicar, junto con otras instancias, las políticas públicas para cumplir con la Ley General de Cambio Climático.

El documento dice que en 2009 se iniciaron los trabajos para la expedición de la Ley General de Cambio Climático; no obstante, quedaron pendientes acciones para hacerla congruente con diferentes leyes federales para hacer cumplir los preceptos del nuevo ordenamiento.

Por ello, propone coordinar a la Semarnat con las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Salud; de Comunicaciones y Transportes; de Economía; de Turismo; de Desarrollo Social; de Gobernación; de Marina; de Energía; de Educación Pública; de Hacienda y Crédito Público; y de Relaciones Exteriores.

Menciona que el país “ha demostrado un gran compromiso con la agenda internacional de medio ambiente y desarrollo sustentable, y participa en más de 90 acuerdos y protocolos vigentes, siendo líder en temas como cambio climático y biodiversidad”.

No obstante -indica- el crecimiento económico del país sigue vinculado a la emisión de compuestos de efecto invernadero, generación excesiva de residuos sólidos, contaminantes a la atmósfera, aguas residuales no tratadas y pérdida de bosques y selvas.

Agrega que, de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el costo económico del agotamiento y la degradación ambiental en México en 2011 representó 6.9 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

“Con la aprobación de esta reforma se garantiza el principio de legalidad previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cumplimenta el objeto de la ley mencionada”, concluye.