Aprobamos un dictamen que expide la Ley para
Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la
Economía Nacional, con modificaciones a la iniciativa que el Ejecutivo envió a
San Lázaro en octubre pasado.
Dicha legislación es reglamentaria de la reforma
constitucional en materia de promoción de la competitividad y de desarrollo
industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en junio de
2013.
El dictamen fue aprobado en lo general con 371
votos a favor, 24 en contra y dos abstenciones, tras la aprobación de una
adenda con modificaciones propuesta por las comisiones dictaminadoras, e
inmediatamente después se comenzó con el desahogo de seis reservas presentadas
por diputados del PRD y del PT.
Posteriormente, el documento fue avalado en lo
general y en lo particular, en términos del dictamen, con 352 votos a favor, 32
en contra y una abstención, y turnado al Senado de la República para su
discusión y eventual ratificación
La nueva ley busca implementar una política
nacional de fomento económico, dirigida a impulsar el incremento sostenido de
la productividad y la competitividad; potenciar la inversión y promover los
cambios en la estructura productiva del país hacia sectores económicos de
elevada productividad y competitividad.
Asimismo, fortalecer las cadenas productivas y a la
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes), fortalecer el mercado interno,
elevar el contenido tecnológico y de valor agregado en la economía nacional, y
promover el desarrollo económico y el empleo formal.
También tiene por objeto impulsar procedimientos e
instancias de coordinación entre los sectores público, social y privado, a
través del Comité Nacional de Productividad, para promover el incremento
sostenido de la productividad y la competitividad.
La Ley contempla el diseño e implementación de una
política nacional de fomento económico, la cual –especifica- es obligatoria
para la Administración Pública Federal, e integra componentes trasversales,
sectoriales y regionales.
De igual manera, aborda los mecanismos a través de
los cuales se podrán recomendar acciones específicas a los sectores público,
social y privado para mejorar la productividad y competitividad, así como sus
herramientas de evaluación.
Señala la
definición de ámbitos competenciales y relaciones de coordinación para las
instancias administrativas y la vinculación de la política nacional de fomento
económico, con instrumentos de política pública que permitirán la ejecución,
así como mecanismos de información y rendición de cuentas.
La Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la
Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, establece el
Programa Especial para la Productividad y Competitividad, a través del cual se
ejecutará la política nacional de fomento económico.
La elaboración de dicho programa estará a cargo de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con la participación de la
Secretaría de Economía (SE) y la opinión previa del Comité Nacional de
Productividad.
Este comité funcionará como un órgano consultivo y
auxiliar del Ejecutivo y de la planta productiva, para la formulación,
implementación y seguimiento de la política nacional de fomento económico.
Estará integrado por el titular del Ejecutivo
federal, como presidente honorario; el secretario de Hacienda y Crédito
Público, quien presidirá el organismo; así como de los titulares de Economía,
Educación Pública y Trabajo y Previsión Social.
Además, por el Director General del Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología; representantes de organizaciones
empresariales, de sindicatos de trabajadores y de instituciones académicas y de
capacitación para el trabajo.
El dictamen aprobado también adiciona un artículo 21
Bis a la Ley de Planeación, para establecer que el Plan Nacional de Desarrollo
considerará una visión de largo plazo de la política nacional de fomento
económico.
Se tiene el objetivo de tomar en cuenta la
promoción de la productividad y de la competitividad y la implementación de una
política nacional de fomento económico, que incluya vertientes sectoriales y
regionales, como forma de impulsar el desarrollo nacional y el crecimiento
económico.
Dicha política nacional de fomento económico de
largo plazo podrá ajustarse durante el proceso de emisión del Plan Nacional de
Desarrollo para el período de gobierno correspondiente; manteniendo un
horizonte de hasta veinte años para la política nacional de fomento económico.
Finalmente,
indica que los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo deberán
guardar congruencia, en lo que corresponda, con el horizonte de veinte años y
la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y
Competitividad.
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