El doctor René A. Jiménez Ornelas, Investigador del Instituto de
Investigaciones Sociales de la UNAM, en su estudio La cifra negra de la
delincuencia en México, expresa que para combatir la inseguridad pública en el
país, es necesario: “Revertir la franca desconfianza hacia las instituciones,
los programas y los responsables de la seguridad pública, así como abatir la
creciente presencia del crimen organizado en las diferentes esferas del poder y
de la delincuencia”. Y estoy de acuerdo con el maestro.
Es verdaderamente vergonzoso como la corrupción y la impunidad campean
en las instancias encargadas precisamente de combatirlas, por eso no hay confianza
de la población en las autoridades. Ni a cual irle de personajazos
sinvergüenzas, que utilizan el cargo para toda suerte de raterías, que jamás
son sancionadas.
En este país se detiene a delincuentes de poca monta, porque a los
grandotes no se les toca ni con el pétalo de una rosa. Aquí en Coahuila tenemos
ejemplos para dar y prestar. Con dinero y con poder se compra todo, solo son
culpables quienes no los tienen.
El artículo 21 constitucional prescribe que: La investigación de los
delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las que actuarán
bajo su conducción y mando en el ejercicio de esta función, y también le otorga
el ejercicio de la acción penal ante los tribunales. Y el 102 del mismo
ordenamiento jurídico establece que: “El Ministerio Público se organizará en
una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de
personalidad jurídica y de patrimonio propios”.
En palabras llanas, al Ministerio Público le toca perseguir a los
delincuentes y darle al juez las pruebas que conlleven a determinar su
responsabilidad en el ilícito que se le impute. A partir de la reforma, el
Fiscal General ya no será nombrado por el Presidente de la República, ni la
dependencia a su cargo tendrá la representación formal del Estado, que pasa a
la Consejería Jurídica del Gobierno de la República. Al dotar de autonomía
constitucional a la Fiscalía, se busca que sus funciones se ejerzan de manera
más eficiente, toda vez que ya no habrá subordinación a otro poder u
órgano.
Se pretende robustecer el papel del Ministerio Público como
representante de la sociedad y garante de la constitucionalidad de las normas
generales en materia penal y procesal penal. Se aspira a que se le visualice
como un agente que cumple con una función social relevante, como es la de
brindar apoyo y asistencia a las víctimas de los delitos, a fin de garantizar
su acceso a la justicia, el respeto a los derechos humanos y, en general, hacer
cumplir la ley.
La Fiscalía tendrá una función sustantiva en el sistema penal acusatorio
con el que se impartirá justicia a partir del 2016 de manera generalizada; es
uno de sus dos grandes brazos, el otro es la Defensoría. Déjeme compartirle que
me preocupa: Que no vaya a funcionar. ¿Por qué? Porque la evolución a un nuevo
sistema implica un CAMBIO CULTURAL de todos los que intervienen.
La corrupción no es ajena a la PGR. En Chile, los carabineros – policías
militarizados -, auxiliares del Ministerio Público en tareas de investigación,
son los servidores públicos mejor evaluados, respetados y estimados por la
población, su presencia les da tranquilidad y confianza.
Es este concepto de CONFIANZA, el que yo me pregunto si podrá generarse
en nuestro país. Le comparto también que los carabineros tienen estabilidad
laboral - solo se van por actos de corrupción - y muy buena paga.
También me preocupa el poder enorme que tendrá el Fiscal General, verbi
gratia, para hacer nombramientos de funcionarios que no pertenezcan al servicio
profesional de carrera. Tiene tanto poder y tantos años para ejercerlo. Nomás 9
años, transexenal. En España y Colombia solo 4.
En México sabemos lo que la larga estadía en el cargo provoca. Tampoco
me gusta la forma en que se le designa, el fondo es el mismo, CONTROL de los
poderes constituidos.
Y le adelanto, este lunes 15 se tiene prevista la discusión de una
minuta del Senado de la República en la Cámara de Diputados, en la que se están
proponiendo reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, que apenas
aprobamos, para hacerle adecuaciones tan aberrantes como la que el desahogo de
pruebas en la audiencia inicial, sea ante el Ministerio Público y no ante el
Juez. Vuelta al régimen inquisitorial. ¿De qué se trata?
No hay comentarios:
Publicar un comentario