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miércoles, 23 de julio de 2014

Aprobamos reforma para que acción de inconstitucionalidad se pueda otorgar contra tratados internacionales suscritos por México, que vulneran derechos humanos

Amigos:

En la sesión del 12 de febrero, los diputados aprobamos por unanimidad, con 419 votos a favor, reformar un artículo de la Constitución Política para que la acción de inconstitucionalidad se pueda otorgar contra tratados internacionales suscritos por México, que vulneran los derechos humanos.

El dictamen surge de una iniciativa presentada en octubre de 2013 por el diputado Javier Orozco Gómez (PVEM), modifica la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional en la fracción IV del artículo 61 y el primer párrafo del 71 y se turna al Senado de la República para su análisis.

Plantea que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) puede interponer acción de inconstitucionalidad contra leyes federales, leyes locales y tratados internacionales en los que México sea parte, que vulneren los derechos humanos.

El 10 de junio de 2011 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de reforma al artículo constitucional, aparatado G, por el que se establece que la CNDH podrá presentar controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en esos rubros.

La modificación al artículo 61 precisa que la demanda por la que se ejercita la acción de inconstitucionalidad deberá contener: los preceptos que se estimen violados y, en su caso, los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte que se estimen vulnerados.

En tanto, el artículo 71 fue reformado para establecer que la SCJN, al dictar su sentencia, podrá fundar su declaración de invalidez en la violación de los derechos humanos consagrados en cualquier tratado internacional del que México sea parte, haya o no sido invocado en el escrito inicial.

En las consideraciones, se expone que la reforma se encamina exclusivamente a adecuar lo relativo a los tratados internacionales que vulneren los derechos fundamentales, que constituye una facultad a favor de la CNDH para interponer la acción de inconstitucionalidad.

La reforma a los artículos 61 y 71 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política establece:

Artículo Único. Se reforman los artículos 61, fracción IV y 71, primer párrafo, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 61. ...

I. a III. ...

IV. Los preceptos constitucionales que se estimen violados, “y en su caso, los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte que se estimen vulnerados”; y

V. ...

Artículo 71. Al dictar sentencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá corregir los errores que advierta en la cita de los preceptos invocados y suplirá los conceptos de invalidez planteados en la demanda. La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá fundar su declaratoria de inconstitucionalidad en la violación de cualquier precepto constitucional, haya o no sido invocado en el escrito inicial. “Igualmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá fundar su declaración de invalidez en la violación de los derechos humanos consagrados en cualquier tratado internacional del que México sea parte, haya o no sido invocado en el escrito inicial”.

lunes, 13 de enero de 2014

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD


ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD en contra del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013.
 
 

viernes, 10 de enero de 2014

Diputados del PAN, PRD, MC y PT promovimos ante la SCJN una acción de inconstitucionalidad para revertir la Reforma Fiscal

COMUNICADO
Les quiero informar que hoy, diputados de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y del Trabajo (PT) presentamos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una acción de inconstitucionalidad que tiene la finalidad de revertir la reforma fiscal, por considerar que lesiona gravemente a la sociedad y pone freno al desarrollo de la economía del país.

La acción legal destaca que la reforma propuesta por el Ejecutivo Federal contraviene los principios constitucionales de competitividad económica, proporcionalidad tributaria y equidad fiscal, en perjuicio de los contribuyentes y de los consumidores, afectando principalmente a las pequeñas y medianas empresas, así como a la clase trabajadora y a la sociedad en general.

Acudieron ante la SCJN, en representación de los diputados de las cuatro fuerzas políticas, mis compañeros, los diputados Consuelo Argüelles por parte del PAN, Aleida Alavez Ruiz del PRD, Ricardo Mejía Berdeja de Movimiento Ciudadano y Lilia Aguilar Gil del PT.

Entre los aspectos más urgentes que consideramos, es que la Suprema Corte de Justicia debe echar abajo está la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 por ciento en las zonas fronterizas, en virtud de que coloca a los ciudadanos mexicanos en franca desventaja frente a ciudadanos de otros países con los que comparten frontera y cuya tasa impositiva es menor.

Asimismo, los diputados consideramos que debe revertirse el Impuesto Sobre la Renta del 35 por ciento al 30 por ciento general y la eliminación de deducciones tope en el ISR; así como la eliminación de la obligación del nuevo régimen tributario para Pequeños Contribuyentes, por considerar que atenta contra el crecimiento económico y desincentiva el pago de impuestos a los mismos.

“La Reforma Fiscal daña gravemente a la economía nacional y por ello, respetuosamente, pedimos a los miembros del máximo órgano de justicia de México que tomen en consideración nuestros argumentos y procedan a rechazar su aplicación, de conformidad con sus facultades, en beneficio de la gran mayoría de los mexicanos que resultarán afectados en caso de que se confirme su vigencia”, señalamos en el documento entregado hoy a la SCJN.

Reiterando el compromiso con la ciudadanía y con el crecimiento económico, los ciento catorce diputados del PAN, veinticinco del PRD, diecinueve del MC y catorce del PT, dimos nuestro voto de confianza a los ministros de la Suprema Corte, para que garanticen los principios constitucionales de competitividad económica, proporcionalidad tributaria y equidad fiscal, toda vez que la propuesta de reforma fiscal presentada por parte del presidente Enrique Peña Nieto no fue la más asertiva, en momentos en que grandes sectores de la sociedad atraviesan por una situación económica francamente precaria.