El
presidente de la Comisión Permanente, diputado Ricardo Anaya Cortés (PAN),
informó que, hasta el momento, 18 congresos estatales han avalado la reforma
que modifica disposiciones de los artículos 6, 73, 76, 89, 105, 108, 111 y 122
de la Constitución Política.
Las
legislaturas estatales que han ratificado la reforma son: Aguascalientes, Baja
California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango,
Jalisco, México, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí,
Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas.
A
partir de que la reforma se publique en el Diario Oficial de la Federación
(DOF), el Congreso de la Unión contará un año para expedir las leyes
reglamentarias.
De
manera inicial, el Senado aprobó el dictamen de la reforma el 20 de diciembre
de 2012 y lo turnó a San Lázaro, donde se modificó el 22 de agosto de 2013 y se
regresó a la Cámara Alta, que lo avaló con nuevos cambios el 20 de noviembre, y
envió de regreso a la Cámara de Diputados.
Los
diputados avalaron las modificaciones hechas por los senadores el pasado 26 de
noviembre y turnaron el documento a las legislaturas estatales para su
ratificación.
Con
la reforma constitucional del IFAI se amplía la transparencia y rendición de
cuentas, se otorga autonomía plena a este organismo y sus resoluciones serán
inatacables, con el propósito de que el ciudadano cuente con mejores
herramientas para evaluar a sus funcionarios y representantes.
Prevalecerá
el principio de “máxima publicidad”, bajo el cual tendrán que operar las
instancias que sean auspiciadas por parte del gobierno en sus diversos niveles.
Toda
clase de información sobre los asuntos y recursos que manejan las instituciones
públicas puede ser conocida por la ciudadanía, salvo excepciones previstas en
la ley y que son las relacionadas con la seguridad nacional y la información
personal de los ciudadanos.
El
IFAI podrá resolver, igualmente, los recursos que interpongan los particulares
respecto a las resoluciones que determinen la reserva, confidencialidad,
inexistencia o negativa de una información.
Además,
se establece que es pública toda la información en posesión de cualquier
autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos
públicos.
Asimismo,
de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos
públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y
municipal.
También
se instituye que sólo el consejero jurídico del Ejecutivo federal podrá apelar
las resoluciones del IFAI ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN), y únicamente cuando puedan poner en peligro la seguridad nacional.
Los
actuales comisionados del IFAI podrán formar parte del nuevo organismo autónomo
por el tiempo que resta de su nombramiento y para ese propósito se debe
presentar una solicitud formal al Senado de la República, que resolverá en un
plazo de 10 días, y su eventual ratificación debe ser avalada por dos terceras
partes de los legisladores presentes.
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