El
pasado 4 de diciembre, los diputados aprobamos un dictamen que reforma la Ley
General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de promover que se
utilice un lenguaje incluyente, sin estereotipos sexistas ni discriminatorios,
en medios de comunicación y la Administración Pública.
El
documento adiciona la fracción XII al artículo 17 de esa ley, surge de una
iniciativa que presentaron los diputados Ricardo Monreal Ávila, Ricardo Mejía
Berdeja y Alfonso Durazo, de Movimiento Ciudadano, fue aprobado por 414 votos a
favor, uno en contra y cero abstenciones y se turna al Senado.
El
artículo XII señala que la Política Nacional en Materia de Igualdad entre
Mujeres y Hombres deberá considerar:
“Promover
que en las prácticas de comunicación social de las dependencias de la
Administración Pública, así como en los medios masivos de comunicación
electrónicos e impresos, se elimine el uso de estereotipos sexistas y
discriminatorios e incorporen un lenguaje incluyente”.
Los
legisladores indican que al incluir este artículo se pretende conseguir la
utilización de un lenguaje eficaz que visibilice a las mujeres y las inserte en
todas las esferas del desarrollo.
La
Comisión de Igualdad de Género, que elaboró el dictamen, refiere que en el país
persiste un alto grado de discriminación contra las mujeres, aún a pesar de que
México ha suscrito diversos instrumentos internacionales en la materia.
Esta
discriminación cobra fuerza en la proliferación de los estereotipos de género
que las sociedades elaboran en torno al sexo biológico y establecen diferencias
entre hombres y mujeres referidas a conductas, comportamientos, roles,
funciones y expectativas de vida, indica.
Asegura
que la incorporación de las mujeres a la vida pública y al mercado laboral no
ha impactado en la cultura social, de tal suerte que la discriminación a través
del uso generalizado de estereotipos de género y lenguaje sexista persiste, a
pesar de los avances en otros ámbitos en torno a la igualdad entre mujeres y
hombres.
Los
diputados sostienen que se requiere establecer condiciones jurídicas que
favorezcan el tránsito de una cultura androcéntrica a una incluyente e
igualitaria que contribuya a eliminar la discriminación.
La
comisión subraya que el derecho a la no discriminación fue reconocido por las
Naciones Unidas como una condición indispensable para la protección de los
derechos humanos en 1948 y posteriormente en 1979, se adoptó y en 1981 entró en
vigor la Convención en contra de todas las formas de discriminación contra de
la mujer y fue firmada y ratificada por el Estado mexicano.
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