En
la sesión del 2 de octubre, los diputados avalamos por unanimidad, con 407
votos a favor, el dictamen de una minuta que envió el Senado de la República
para incorporar el término de medio ambiente sano en las leyes sobre esta
materia.
El
documento, que pasó al Ejecutivo federal para su promulgación, reforma el
artículo 1o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente y el artículo 1o. de la Ley General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos.
Se
pretende equiparar a las legislaciones secundarias, en concordancia con la
reforma reciente al artículo 4o. de la Constitución Política, en el que se
establece que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su
desarrollo y bienestar” y establece el compromiso del Estado a garantizar este
derecho.
El
documento señala que un ambiente propicio permite el sano desarrollo del ser
humano tanto física como psicológicamente.
Una
afectación a los recursos naturales trae consecuencias graves a la salud y el
bienestar de los seres humanos, en particular de los grupos más vulnerables,
como los niños, las comunidades con altos índices de pobreza, las mujeres y la
gente de edad mayor, agrega.
Se
recuerda que un estudio de la Organización Mundial de la Salud reveló que las
condiciones ambientales que se deterioran son un importante factor que ha
contribuido a la mala salud y baja calidad de vida.
“La
inadecuada gestión de los recursos naturales, la excesiva producción de
desechos y las condiciones ambientales conexas con efectos para la salud
implican retos importantes para el desarrollo sostenible”, asegura.
El
dictamen establece lo siguiente:
Artículo
Primero. Se reforma la fracción I del artículo 1o de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo
1o. La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y
restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en
el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía
y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y
tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases
para:
I.
Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su
desarrollo, salud y bienestar;
II.
a X. ...
...Artículo
Segundo. Se reforma el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley General para la
Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para quedar como sigue:
Artículo
1. ...
Sus
disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto
garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el
desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la
valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos
sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con
estos residuos y llevar a cabo su remediación, así como establecer las bases
para: ….
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