Los
diputados federales aprobamos reformar el Código Penal Federal para establecer
como delito y sancionar con multa el impedir el ingreso o condicionar la
permanencia de un estudiante a cambio de contraprestaciones económicas en
dinero o en especie.
El
dictamen, aprobado por 380 votos a favor, 50 en contra y 12 abstenciones, surge
de una iniciativa presentada el 6 de febrero de 2013 por el diputado Tomás
Torres Mercado (PVEM), adiciona un artículo 215 Bis al Código Penal Federal y
establece multas de uno a 300 días de salario mínimo vigente en el Distrito
Federal.
Se
expone que la reforma permitirá el ejercicio pleno del derecho a la educación,
mayor equidad educativa e igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en
los servicios educativos, sancionando a quienes soliciten contraprestaciones
económicas en dinero o en especie por ese servicio (cuotas).
“Elevar
la conducta que motiva esta iniciativa a tipo penal, traerá como consecuencia
la reflexión de los posibles sujetos activos, al existir una medida coercitiva
para quien cometa este delito y se abstengan de llevarlo a cabo”, señala.
Se
expone que la gratuidad de la educación se establece en la fracción IV del
artículo tercero que a la letra dice:
“Todo
individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, estados,
Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria,
secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria
conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.
En
ese sentido, la Ley General de Educación señala en la fracción IV del artículo
65 que las asociaciones de padres de familia tienen la atribución de reunir
fondos con aportaciones “voluntarias” de sus miembros.
El
dictamen fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.
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