El
29 de abril aprobamos incrementar las sanciones para quienes atenten contra
obras consideradas monumentos artísticos y actualizar las multas económicas
para estos delitos, estableciéndolas en salarios mínimos vigentes.
El
dictamen, aprobado por unanimidad, con 439 votos a favor, reforma diversos
artículos de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos
e Históricos, busca modificar el marco jurídico para salvaguardar el patrimonio
cultural de México.
El
documento deriva de una iniciativa presentada en 2011 por la entonces diputada
Kenia López Rabadán (PAN).
“El
marco jurídico debe sujetarse a actualización, y ser de carácter abarcador y
comprensivo, incluyente de las obras y testimonios de todas las épocas de
nuestra historia, además de las creaciones y los vestigios humanos que revisten
un interés científico y contribuyen al conocimiento de la historia de México”,
señala.
Indica
que los peligros que corren los bienes patrimonio cultural de México son muy
diversos, “como el robo, el saqueo, el vandalismo y la exportación no
autorizada de bienes muebles, ya sea para efectos de tráfico ilícito o bien
para colecciones personales”.
Entre
otras disposiciones, el dictamen instaura prisión de tres a 10 años y multa de
100 a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal
(de seis mil 476 a 194 mil 280 pesos) a quien realice trabajos de exploración
arqueológica sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e
Historia (INAH).
Este
delito, actualmente, está sancionado con prisión de uno a 10 años y multa de
100 a 10 mil pesos.
Asimismo,
establece que quien ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico
histórico o artístico, se le impondrá prisión de tres a 12 años y multa de mil
a tres mil días de salario mínimo general.
Además,
quien dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico,
se le impondrá prisión de cinco a 12 años, multa de mil a tres mil días de
salario mínimo general vigente para el Distrito Federal y el cargo del costo de
la reparación del daño causado.
También
señala que a quien pretenda sacar o saque del país un monumento arqueológico,
artístico o histórico, sin permiso del INAH, se le impondrá prisión de cinco a
12 años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.
Finalmente,
cualquier persona que introduzca al territorio nacional bienes culturales
considerados como patrimonio cultural por el país de origen, sin permiso de las
autoridades competentes, se hará acreedor a prisión de tres a 12 años y multa
de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario