En
la sesión del 29 de abril, los diputados aprobamos reformas al Código Penal
Federal y a la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el
Procedimiento Penal, a fin de fortalecer la lucha contra los actos de
corrupción y concretamente contra el delito de cohecho,
El
Pleno avalo por unanimidad, con 433 votos a favor, un dictamen que surge de una
inicaitiva presentada el pasado 4 de marzo por los diputados priistas Alejandra
del Moral Vela, José Alberto rodríguez Calderón y Héctor Gutiérrez de la Garza
y que se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.
Se
establece que comete el delito de cohecho el servidor público que por sí, o por
interpósita persona, solicite o reciba indebidamente para sí o para otro,
dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de
realizar un acto relacionado con sus funciones inherentes a su empleo, cargo o
comisión.
La
medida contempla de igual forma a los servidores públicos extranjeros y a las
personas que de manera espontánea den u ofrezcan dinero o cualquier otra dádiva
a algún servidor público para que haga u omita un acto relacionado con sus
funciones, a su empleo, cargo o comisión.
Con
los cambios a los Artículos 222 y 222 Bis del mencionado Código y el artículo
13 de la Ley mencionada, también se adecua la legislación mexicana a lo
establecido por la Convención Interamericana contra la Corrupción y la
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
También
y como se señaló durante la discusión de la reformas en cuestión de la Cámara
de Diputados, se sale al paso de “actos como el cometido recientemente por la
empresa Walmart”, cuyos directivos sobornaron a funcionarios públicos de
nuestro país, para instalar un centro comercial en la zona arqueológica de Teotihuacán,
Estado de México.
El
diputado José Alberto Rodríguez Calderón (PRI) señaló las reformas ya no sólo
tipifican como delito la acción respaldada en el cohecho, sino también la
omisión, como de acuerdo al diputado Ricardo Mejía Berdeja (MC) sucedió con el
caso de la empresa Oceanografia.
En
la reforma a la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen el
Procedimiento Penal, se establece que el Programa Federal de Protección a
Personas tendrá aplicación cuando disposiciones de tratados internacionales de
los que el Estado mexicano sea parte, establezcan expresamente la obligación de
proporcionar dicha protección.
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