Les quiero informar que en la sesión del 6 de marzo,
los diputados aprobamos, en lo general y en lo particular, el proyecto de
decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular, reglamentaria de la
reforma constitucional en materia político-electoral y la envió al Ejecutivo
para sus efectos constitucionales.
El documento aprobado, con 362 votos a favor, 57 en
contra y 4 abstenciones en lo general, establece que serán objeto de consulta
popular los temas considerados de trascendencia nacional, cuando contengan
elementos que repercutan en la mayor parte del territorio o que impacten en una
parte significativa de la población.
La trascendencia de los temas serán calificados por
la mayoría de los legisladores en cada Cámara del Congreso, con excepción de la
consulta propuesta por los ciudadanos, en cuyo caso lo resolverá la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Determina que podrán solicitar una consulta popular
el Presidente de la República, el 33 por ciento de los integrantes de
cualquiera de las Cámaras del Congreso o los ciudadanos en un número al menos
del dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.
No podrán ser objeto de consulta popular: la
restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución; los
principios consagrados en el Artículo 40 de la Carta Magna; la materia
electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la
organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
La ley especifica que será la autoridad electoral
la encargada de promover y difundir la consulta popular y de ninguna manera
podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o
en contra de esta consulta.
Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión
de Gobernación, el diputado Abel Octavio Salgado Peña (PRI) señaló que la
colegisladora realizó modificaciones a los artículos 5, 6, 12, 14, 15, 20, 21,
25, 28, 30, 32, 33, 41, 64 y sexto transitorio.
Dijo que los ciudadanos podrán respaldar más de una
consulta con la limitación establecida en la no procedencia de la segunda
consulta cuando sea respaldada por los mismos ciudadanos y cuando rebasen el 20
por ciento de las firmas de apoyo, siendo válida por lo tanto sólo la primera
solicitud.
Señaló que se amplió la representación de la
consulta popular, misma que podrá realizarse ante las Cámaras del Congreso de
la Unión. Cuando el resultado de una consulta sea vinculatorio, tendrá efectos
durante los tres años siguientes contados a partir de la declaratoria de
validez.
Sobre la difusión y el uso de los tiempos de radio
y televisión, se precisó que solamente el Instituto Nacional Electoral tendrá
las facultades para la promoción y discusión informada de las consultas
convocadas por el Congreso de la Unión, indicó.
“La Ley Federal de Consulta Popular fortalece
nuestra democracia y permite la intervención ciudadana para que en su opinión
sean aplicados a través de la ley, los temas que mejor considere para el
desarrollo de nuestro país”, puntualizó.
El diputado Luis Antonio González Roldán (Nueva
Alianza) expresó su certeza de que con esta nueva Ley, los ciudadanos serán un
elemento definitivo en las determinaciones que adopten las autoridades y en la
ejecución de sus políticas.
“Con el avance en el proceso legislativo para abrir
la toma de decisiones a la ciudadanía, como país damos un paso decisivo en la
institución de poder ciudadano, y con él refrendamos y atendemos las demandas
de su participación en el poder público que ha sido constante a través del
tiempo”, enfatizó.
Por el PT, el diputado Manuel Huerta Ladrón de
Guevara subrayó que esta ley no cumple con los principios pro persona, debido a
que establece una ruta tortuosa y complicada para presentar la petición de
consulta popular.
Añadió que el aviso de intención del artículo 14 y
la expedición y publicación de constancia correspondiente como requisito para
recabar las firmas de apoyo, la extrema formalidad de usar los formatos que
aprueben las Cámaras del Congreso de la Unión en el artículo 15 con número de
folio en cada hoja, sin los cuales no será admitida a trámite, “representan en
una primera instancia formalidades extremas que no promueven ni garantizan el
derecho de los ciudadanos para promover las consultas populares”.
En su turno, el diputado Alfonso Durazo Montaño
(MC) reconoció que es cierto que hay una lucha social histórica por contar con
una iniciativa popular. Sin embargo, consideró que esta ley lo “es más por el
título que por su contenido. Tiene tantas limitaciones que difícilmente
podremos hacer uso de ella para sacar adelante un proyecto de iniciativa
popular”.
Consideró que si el 2015 se hace una consulta sobre
la reforma energética, “ésta debió haber tenido lugar en el momento que se
sometía a consideración las modificaciones correspondientes, en virtud de que
para ese año es muy probable que no esté entonces en la agenda de la opinión
pública ese tema”.
La diputada Ruth Zavaleta Salgado (PVEM) mencionó
que esta figura ya existe en 16 estados de la República y consideró que es
importante que al aprobar esta ley, también las entidades que faltan lo hagan
de manera rápida para armonizar las normas y darles oportunidad a los
ciudadanos.
Enfatizó que con la ley “estamos cumpliendo una
demanda de los ciudadanos desde hace muchos años para que se sientan integrados
al sistema político”.
Por su parte, la diputada Amalia García Medina
(PRD) consideró que en consulta popular México tiene un enorme retraso.
“Estamos tarde en este tipo de instrumentos de democracia directa. Solamente
México y República Dominicana faltan para estar al día”.
Reconoció que ésta es una norma perfectible que le
pueden faltar algunas cosas, pero a “este instrumento de democracia directa,
derecho de los ciudadanos y ciudadanas, que ha sido una exigencia de la
ciudadanía tenemos que decirle que sí”. La primera ocasión en que se aplique
debe ser para consultar sobre reforma en materia energética, porque son los
ciudadanos, no somos nosotros un grupo de representantes populares, quien debe
decidir sobre el patrimonio energético de la nación”.
El diputado Alfredo Rivadeneyra Hernández (PAN)
sostuvo que la instrumentación de este mecanismo de democracia directa
representa el acceso a un largo anhelo ciudadano y que a partir de su
implementación, desde el gobierno y las Cámaras del Congreso será necesario
diseñar reformas y políticas, con una mayor precisión, responsabilidad y
compromiso.
Sin duda, dijo, con esta ley se promueve que en el
ejercicio de los deberes públicos “seamos más eficaces y eficientes y mejoremos
la calidad de nuestra democracia”.
En tanto, el diputado Leopoldo Sánchez Cruz (PRI)
consideró que los cambios aprobados en la colegisladora, clarifican la
definición del objeto de la consulta popular y las consideraciones que deberán
tenerse en cuenta para entender que se trata de asuntos de trascendencia
nacional.
Enfatizó que este instrumento provee certeza plena
del ejercicio de derecho que regula, al definir y establecer sus alcances,
requisitos, reglas y procesos específicos para la expedición de la
convocatoria. Los lineamientos para su organización, difusión, realización,
publicación de resultados y los medios para su impugnación.
Durante la discusión, el diputado Ricardo Mejía
Berdeja (Movimiento Ciudadano) afirmó que ésta no es una Ley de Consulta
Popular, sino una simulación, ya que vuelve prácticamente imposible el
ejercicio de la democracia participativa con candados insalvables. “No avalamos
esta ley que obstruye la participación ciudadana”.
Al hablar a favor, el diputado Fernando Rodríguez
Doval (PAN) expresó que esta ley va a permitir que aquellos temas que sean de
trascendencia nacional se puedan consultar. “Nos va a ayudar a tener un mejor
sistema político, una ciudadanía más informada y más activa, y permitirá una
democracia más participativa y de mejor calidad”, abundó.
La diputada Loretta Ortíz Ahlf (PT) mencionó que
con el dictamen, se estará aprobando una norma con vicios de
inconstitucionalidad evidente y se provocará que existan impugnaciones,
procesos jurisdiccionales e incertidumbre, pues “contiene artículos que son
notoriamente inconstitucionales que resulta absurdo que se insista en aprobarla
en sus términos”.
Por el PRD, el diputado Fernando Zárate Salgado
indicó que la consulta popular es un mecanismo de democracia directo que
permite el acercamiento entre los ciudadanos y los gobernantes, y con esta ley
se reivindica “el reconocimiento del derecho a que los ciudadanos se consultan
de manera directa”.
En contra, la diputada María del Socorro Ceseñas
Chapa (PRD) puntualizó que esta minuta en lugar de ser un fundamento para una
democracia participativa y plena, acota a los electores, a la ciudadanía, a la
sociedad y a su participación en las decisiones trascendentales en el país. “Es
una trampa, una cortina de humo, para que el pueblo no decida”.
A su vez, el diputado Faustino Félix Chávez (PRI)
consideró que esta Ley es una herramienta para permitirle al ciudadano ser
copartícipe de la toma de decisiones del Estado. “Es de y para los ciudadanos,
no un instrumento para los partidos; es una herramienta que fortalece la
democracia directa y transformará el cómo se toman las decisiones en el país,
empoderando al ciudadano y haciendo valer su voz”.
De Movimiento Ciudadano, la diputada Luisa María
Alcalde Luján argumentó que esta supuesta consulta popular “tristemente es una
apariencia y una simulación. No sé qué me sorprende más, si la falta de
voluntad del gobierno para empoderar a la ciudadanía y hacerla partícipe activa
de la vida política, o el enorme esfuerzo que hacen para aparentar que así es”,
agregó.
La diputada Graciela Saldaña Fraire (PRD) se
pronunció a favor de la reforma, toda vez que ello permitirá desarrollar una
democracia participativa eficiente; sin embargo, dijo, se debe trabajar en
acciones que eliminen restricciones, a través de una propuesta integral que
otorgue a la ciudadanía una decisión plena que fomente un estado político
social y con autonomía plena.
En tanto, la diputada Lilia Aguilar Gil (PT)
mencionó que su sentido de su voto sería en contra, ya que la consulta popular
debe plantear que la ciudadanía informada no solamente tenga derecho a votar y
ser votados, sino que puedan participar del gobierno y las políticas públicas,
a través de la Contraloría Social, agregó que “ No se debe caer en el engaño
del apuro y si se tendrá que adecuar los requisitos para que la consulta
ciudadana sea efectiva”.
El diputado Rodrigo González Baños (PRD) declaró
que su sentido del voto sería a favor, ya que es este instrumento dota, y da a
la sociedad la posibilidad unificar a la nación cuando existan temas de
trascendentales. “No hay candado imposible cuando hay un tema de trascendencia
nacional y está demostrado”, afirmó.
Por su parte, Miguel Flores Aguayo (PRD) se
manifestó en contra, ya que se tiene una crisis de representación; por eso, se
abren figuras de democracia directa y de forma participativa, pero aquí el
problema es el gradualismo, falta visión de Estado “Hay estados como Veracruz
donde existe el referéndum y no sirve absolutamente para nada, por lo cual esta
reforma es sólo una figura decorativa”
El diputado Fernando Belauzarán Méndez (PRD) señaló
que lo que hace la Ley de Consulta Popular es prácticamente dejar las cosas
como están en la Constitución, por lo que adelantó que su voto sería a favor de
la aprobación.
En su turno, el diputado Javier Orihuela García
(PRD) indicó que con la aprobación de esta reforma lejos de permitir la
participación ciudadana la limita. “No estamos de acuerdo con que al pueblo se
le regateen migajas de consulta. Estamos de acuerdo en una verdadera ley que
permita la participación amplia, abierta a fin de que se genere una gran
gobernabilidad”, puntualizó.
Votación en lo particular
El Pleno aprobó en lo particular, con 333 votos a
favor, 54 en contra y 4 abstenciones, los artículos reservados, 5, 6, 12, 21,
30, 33, 41, 64 y sexto transitorio, en términos del dictamen.
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