En
la sesión del pasado 21 de febrero, los diputados aprobamos por unanimidad, con
421 votos, un dictamen que mandata al Consejo de la Judicatura Federal a
incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus atribuciones y velar
porque lo cumplan los órganos a su cargo.
Dicha
incorporación se realizará de forma transversal y equitativa en el desempeño de
sus atribuciones, programas y acciones, con el objeto de garantizar a las
mujeres y hombres, el ejercicio y goce de sus derechos humanos, en igualdad de
condiciones, señala el documento que pasa al Senado.
La
reforma adiciona un último párrafo al artículo 81 de Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación y surge de una iniciativa de la diputada de la LXI
Legislatura, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (PAN).
El
documento establece que se busca una mayor participación de las mujeres en los
puestos de decisión del Poder Judicial.
La
actualización y especialización que actualmente son dictados mayoritariamente
por las tardes o noches, se harían en horarios más cómodos para las
funcionarias que son madres, además de incorporar la perspectiva de género en
todos los programas.
Los
cambios de adscripción dejarían de constituir un limitante para las mujeres al
adquirir una nueva responsabilidad como juez o magistrada, entre muchos otros
beneficios tanto para las mujeres que forman parte del Poder Judicial de la
federación como para aquellas a las que se les imparte justicia.
Se
pretende que, a través de la incorporación de la perspectiva de género en los
programas y acciones del Poder Judicial, se contribuya a alcanzar el objetivo
supremo de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres,
conforme a los principios de no discriminación y de igualdad.
El
dictamen adiciona un último párrafo al artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo
81. ...
I.
a XLIII. ...
El Consejo de la
Judicatura Federal incorporará la perspectiva de género, de forma transversal y
equitativa en el desempeño de sus atribuciones, programas y acciones, con el
objeto de garantizar a las mujeres y hombres, el ejercicio y goce de sus
derechos humanos, en igualdad de condiciones y velará por que los órganos a su
cargo así lo hagan.
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