Les
informo que en la sesión del 14 de febrero, los diputados aprobamos con 389
votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, reformas a la Ley General de
Desarrollo Social para incluir la capacitación y la formación en desarrollo
humano y profesional como ejes fundamentales del desarrollo social.
La
iniciativa, que pasa al Senado para su eventual ratificación, pretende fomentar
el incremento de la productividad de los beneficiarios para que puedan acceder
a mejores situaciones laborales.
El
documento del diputado José Alberto Benavides Castañeda (PT) reforma el
artículo 1, fracción VI, el primer párrafo del artículo 6 y el primer párrafo
del artículo 16, y se adicionan al artículo 3, las fracciones XI y XII, al
artículo 11, la fracción V y al artículo 19, la fracción X, de la Ley General
de Desarrollo Social.
Señala
que uno de los grandes rezagos en el país es el relacionado con la pérdida de
poder adquisitivo de los ciudadanos.
Esto,
agrega, debido en gran parte a la falta de empleos bien remunerados que
dignifiquen la vida de las personas, otorgándoles la opción de acceso a una
buena alimentación, educación y salud, entre otros.
Uno
de los factores que determinan el salario es la productividad, a medida que un
trabajador sea más productivo, tendrá una mejor percepción monetaria
proveniente del salario, como un reconocimiento por parte del mercado a sus
habilidades o capacidades.
Por
esa razón, agrega el documento, es necesario para las personas recibir de
especialistas este aprendizaje que les dé la oportunidad de acceder a mejores
opciones de empleo, y para el caso de las personas que ya formen parte del
mercado de trabajo, acelere el proceso de formación.
De
acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE), en 2011 México ocupó el último lugar en el rubro producto por hora
trabajada, entre todos los países que la integran.
Entre
las reformas propuestas se establece en la fracción VI del artículo primero de
dicha ley:
“Regular
y garantizar la prestación de los bienes y servicios contenidos en los
programas sociales, para que a través de las reglas de operación, la
capacitación y el apoyo técnico se fomente la productividad de los
beneficiarios de manera colectiva”;
En
la fracción XI se señala: Capacitación y formación: Acciones en las que por
medio de estudio, .supervisión dirigida y otras, permitan que una persona pueda
adquirir nuevas habilidades para su desarrollo personal, colectivo, intelectual
y laboral, y
XII. Deberes y Logros: Mecanismos para otorgar incentivos que estimulen las habilidades de los beneficiarios y mejoren sus condiciones de vida.
XII. Deberes y Logros: Mecanismos para otorgar incentivos que estimulen las habilidades de los beneficiarios y mejoren sus condiciones de vida.
En
el artículo sexto se establece que: “son derechos para el desarrollo social la
educación, la capacitación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute
de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a
la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos”.
Entre
otras modificaciones, en la fracción quinta del artículo 11 se plantea: Brindar
capacitación y apoyo técnico, y fomentar el incremento de la productividad de
los beneficiarios de los programas sociales, a través de incentivos que
impulsen su desarrollo integral y ayuden a superar las situaciones económicas y
socialmente adversas.
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