En
la sesión del pasado 14 de febrero, los diputados aprobamos una minuta que nos envió
el Senado de la República para elaborar y publicar un Atlas Nacional de Zonas
Factibles para Desarrollar Proyectos Generadores de Energías Renovables y pasa
al Ejecutivo para sus trámites correspondientes.
Con
esta reforma, aprobada con 399 votos a favor, cero en contra y cero
abstenciones, se contará con la información geográfica necesaria para definir
localización de proyectos y potenciales de generación, que permitirán apoyar la
toma de decisiones y autorización de proyectos, señala el documento.
En
la justificación de la reforma se establece que en la actualidad es bajo el
porcentaje de aplicación de las energías renovables en el total de la capacidad
instalada para la generación de electricidad y eso se debe a la falta de visión
para adoptar de manera amplia las energías renovables.
El
documento adiciona una fracción VII, recorriéndose la actual en su orden, al
artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el
Financiamiento de la Transición Energética, con el propósito de contar con un
instrumento técnico que permita:
1.
Conocer las zonas que son factibles para desarrollar proyectos generadores de
energías renovables.
2.
Servir como instrumento técnico oficial de apoyo para la realización de
proyectos generadores de energías limpias.
3.
El promover la inversión y desarrollo de proyectos generadores de energías
limpias.
4.
Servir como documento oficial.
5.
Facilitar la declaratoria de “uso de suelo” factible para la generación de
energía renovable.
La
modificación quedaría de la siguiente manera:
Artículo
Único. Se adiciona una fracción VII, recorriéndose la actual en su orden, al
artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el
Financiamiento de la Transición Energética, para quedar como sigue:
Articulo
6o. ...
I. a V. ...
I. a V. ...
VI.
Establecer y actualizar el Inventario Nacional de las Energías Renovables, con
programas a corto plazo y planes y perspectivas a mediano y largo plazo
comprendidas en el Programa Especial para el Aprovechamiento de Energías
Renovables y en la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el
Aprovechamiento Sustentable de la Energía;
VII.
Elaborar y publicar el Atlas Nacional de Zonas Factibles para Desarrollar
Proyectos Generadores de Energías Renovables; y
VIII.
Las demás que en esta materia le otorguen esta Ley u otros ordenamientos.
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