Con la reforma, según afirmó el lunes pasado el presidente Enrique Peña
Nieto–, el Estado mexicano recuperó la acción rectora y reguladora sobre el
sector educativo nacional.
Además, según el inciso “d” que se adicionó a la fracción II del artículo 3
constitucional, la educación “será de calidad, con base en el mejoramiento
constante y el máximo logro académico de los educandos”.
A la fracción III del mismo artículo se le adicionó un párrafo que
asegurará al Estado la acción rectora de la educación y en particular del
magisterio, por encima del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación
(SNTE) liderado por Elba Esther Gordillo.
Señala el precepto legal:
“…el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de
dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta
el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la
idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan.
“La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de
la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la
permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos
constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los
ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley”.
Asimismo, se adicionó la fracción IX por el que se crea el Sistema Nacional
de Evaluación Educativa cuya función será garantizar la prestación de servicios
educativos de calidad. Dicho sistema será coordinado por el Instituto Nacional
para la Evaluación de la Educación (INEE) que tendrá carácter público,
autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Al INNE le corresponderá evaluar la calidad, desempeño y resultados del
sistema educativo
nacional de la educación preescolar, primaria, secundaria y
media superior.
Será dirigido por una Junta de Gobierno compuesta por cinco integrantes
propuestos por el Ejecutivo y aprobados, previa comparecencia, por las dos
terceras partes de los integrantes de la Cámara de Senadores.
Cada uno de los integrantes desempeñará su encargo por siete años en forma
escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. El presidente de la
Junta de Gobierno será elegido con voto mayoritario de tres de sus integrantes
y durará en el cargo cuatro años.
El presidente tendrá que entregar cinco ternas a la Cámara de Senadores,
dentro de los próximos 60 días a partir de la publicación de la reforma, para
elegir a los cinco integrantes de la Junta de Gobierno.
En tanto, el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Instituto
Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las reformas a la Ley
General de la Educación correspondientes, a más tardar en in plazo de seis
meses, a partir de la publicación del decreto.
El artículo 73 fue modificado para armonizarlo con el objetivo de
establecer el Servicio Profesional docente y tener una mejora continua de la
educación “en un marco de inclusión y diversidad”.
Ver decreto
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