Les
quiero informar que el 12 de febrero, los diputados aprobamos un dictamen para
ampliar las funciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y fomentar la
educación básica y capacitación para adultos en dependencias de los gobiernos
federal, estatales, municipales y del Distrito Federal, así como en entidades
públicas o privadas.
El
documento, avalado por 399 votos a favor, ocho en contra y cero abstenciones,
reforma la fracción XXVII del artículo 38 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, surge de una iniciativa de mi compañero, el
diputado Carlos Fernando Angulo Parra (PAN), presentada en abril de 2013, y se
turnó al Senado para su eventual ratificación.
La
reforma busca disminuir el rezago educativo de los servidores públicos y de la
población abierta que se pueda atender en plazas comunitarias, círculos de
estudio o puntos de encuentro que se acondicionen para este fin.
En
las consideraciones, se expone que la población que cuenta con más de 15 años
cumplidos, se acerca a 84 millones. De ellos, cinco millones 214 mil 722 son
analfabetos, 10 millones 132 mil 740 no tienen la primaria terminada y 16
millones 992 mil 124 no han concluido la secundaria.
Se
destaca como uno de los motivos más importantes de estos datos el desinterés
por concluir el nivel de una buena parte de adultos, que se sustenta entre
otras causas, en la creencia de que estudiar “significa perder el tiempo,
porque la etapa para educarse ya pasó”; lo cual afecta su desarrollo y calidad
de vida.
“Esta
propuesta está encaminada a detonar los elementos necesarios para lograr que el
rezago educativo en el sector público, se vea seriamente atendido, pretendiendo
que al contar con servidores públicos con un mayor nivel de profesionalización,
el pueblo de México puede avanzar en el mejoramiento de su calidad de vida de
forma constante y permanente”, asegura el diputado.
El
dictamen señala, mediante artículos transitorios, que la SEP y autoridades
locales deberán llevar a cabo un diagnóstico inicial para la identificación de
la población objetivo de estos servicios, en un plazo de 180 días, contados a
partir de la publicación del presente decreto, mismo que deberá actualizarse
cada año.
Para
los programas de educación básica para adultos, la SEP, conjuntamente con las
dependencias de los gobiernos federal, estatales, municipales y del Distrito
Federal, así como las entidades públicas y privadas, deberán establecer los
plazos y las metas para lograr los objetivos que se fijen.
Estas
acciones se realizarán de acuerdo con los diagnósticos señalados en el artículo
transitorio anterior, tomando en consideración las asignaciones presupuestales
previstas para ello.
Asimismo,
deberán definir los esquemas de incentivos y otorgar facilidades necesarias
para que los servidores públicos, que se encuentran en rezago educativo, puedan
concluir su enseñanza básica.
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