Amigos:
Les quiero informar que en la
sesión ordinaria del 19 de marzo, los diputados reformamos la Ley Orgánica del
Congreso General, para crear una Unidad para la Igualdad de Género, que abonará
en la construcción de una cultura de igualdad y no discriminación en contra de
las mujeres y en el cumplimento de obligaciones internacionales.
La unidad contará con una
estructura y presupuesto propio, infraestructura y recursos específicos para su
operación, además de figurar en la estructura administrativa y en el Manual
General de Organización de la Cámara de Diputados.
El dictamen adiciona los artículos
47 y 55 de esa ley, surge de diversas iniciativas de diputados del PRI, PRD,
PVEM, y NA, fue aprobado por unanimidad, con 309 votos a favor, y pasó al
Senado para su análisis y eventual ratificación.
En el documento se establece que
la creación de este tipo de instancias abona al cumplimento de las obligaciones
internacionales y al avance y construcción de una cultura de igualdad y no
discriminación en contra de las mujeres.
Destaca la necesidad de
establecer acciones y mecanismos efectivos que permitan transformar las
resistencias internas que prevalecen en torno a la incorporación de la
perspectiva de género en el quehacer cotidiano del órgano legislativo.
Asimismo, propiciar la
erradicación de las prácticas laborales y la cultura organizacional que
perpetúan la discriminación, el trato desigual y el hostigamiento laboral y
sexual.
Con las reformas avaladas al
artículo 47 se señala que, en el ámbito de la Secretaría General, la Cámara de
Diputados contará con una Unidad para la Igualdad del Género.
La unidad será contemplada junto
con la Secretaría General, y a la Unidad de Capacitación y Formación
Permanente, que forman parte de la organización técnica y administrativa.
En el Artículo 55 se especifica
que la unidad será el órgano técnico responsable de asegurar la
institucionalización de la perspectiva de género en la cultura organizacional,
de conformidad con el estatuto respectivo y contará con las siguientes
funciones:
a) Proponer acciones orientadas a
la igualdad sustantiva en la Cámara de Diputados;
b) Coadyuvar con las instancias
competentes para promover ambientes libres de acoso laboral, así como de acoso
y hostigamiento sexual en la Cámara de Diputados;
c) Proponer ante las instancias
competentes políticas laborales orientadas a la igualdad sustantiva, sin
menoscabo de los principios de imparcialidad, objetividad, productividad,
imparcialidad, disposición y compromiso institucional;
d) Colaborar con el centro de
estudios para el logro de la igualdad de género en la elaboración de
publicaciones y contenidos editoriales que consoliden el proceso de
institucionalización e implementación de la perspectiva de género;
e) Contribuir en la formación y
especialización del personal de todos los niveles en materia de perspectiva de
género e igualdad sustantiva; y
f) Coadyuvar con el centro de
estudios para el logro de la igualdad de género en la producción y
sistematización de información con perspectiva de género.
También se explica que la unidad
estará a cargo de un coordinador nombrado en los términos que establezca el
Estatuto para la Organización Técnica y Administrativa del Servicio de Carrera,
de la Cámara de Diputados, y contará con el personal suficiente para su eficaz
desempeño, así como con infraestructura adecuada para su funcionamiento.
Finalmente, en el segundo
artículo transitorio se especifica que la cámara baja realizará las
modificaciones correspondientes, dentro de los 60 días siguientes a la
publicación de decreto, al Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa
y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados.
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