Amigos y amigas:
Les informo que en la sesión ordinaria del 9
de Abril de 2015 aprobamos reformas a la
Ley Federal de Trabajo, a fin de que se prohíba expresamente que patrones o
empresas obliguen a los trabajadores a firmar documentos en blanco u otros que
impliquen la renuncia a sus derechos y/o despidos injustificados.
También establece multas para quienes
realicen esas prácticas, las cuales van de 125 y hasta mil 900 veces el salario
mínimo general vigente en el Distrito Federal, (que equivaldría en estos
momentos a 133 mil 190 pesos).
El dictamen adiciona un párrafo segundo a los
artículos 33 y 1006 de esa ley y surge de una iniciativa presentada en
septiembre de 2014 por los diputados Claudia Delgadillo González y Ricardo
Fidel Pacheco Rodríguez, del PRI, y Luisa María Alcalde Luján, en ese momento
de MC y ahora de Morena.
Fue aprobado por unanimidad, con 299 votos a
favor, y se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.
El documento precisa que la firma en blanco
es aquélla puesta de antemano por el trabajador sobre una hoja de papel o un
documento sin fecha determinada, con el fin de que sea llenado posteriormente
por el patrón con declaraciones o renuncias de derechos.
Expone que las reformas a la legislación
laboral tienen como objetivo hacer efectivo el derecho de los trabajadores a no
ser despedidos injustificadamente, así como a garantizar medios probatorios
adecuados en caso de que sean víctimas de un despido simulado a modo de
renuncia voluntaria.
El Artículo 33 explica que queda prohibido
obligar a los trabajadores a firmar documentos en blanco y en el caso que así
fuera, éste podrá acudir a denunciar el hecho ante la Procuraduría de la
Defensa del Trabajo (Profedet) o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo
local o federal.
En tal caso, la Profedet o la Inspección del
Trabajo local o federal conservará en secreto la denuncia, para, si fuera
necesario, aportarla como elemento probatorio preconstituido y en caso de que
el trabajador sea despedido éste no tendrá valor probatorio.
En materia de sanciones, en el Artículo 1006
se señala que se considerarán documentos falsos aquéllos que, a petición del
patrón o de sus representantes, hayan sido firmados en blanco por el trabajador
y se aplicarán una multa de 125 a mil 900 veces el salario mínimo general
vigente en el Distrito Federal.
El documento indica que la Ley Federal del
Trabajo, anterior a la reforma, es omisa en cuanto a las renuncias en blanco,
debido a que presupone su ilegalidad por tratarse de un acto de simulación.
Esta omisión, dice, ha sido sumamente
perjudicial para los trabajadores que, careciendo de todo medio probatorio para
acreditar la simulación de una renuncia que contiene firmas auténticas,
desisten de hacer valer sus derechos fundamentales por vía jurisdiccional en
vista de las dificultades técnicas y legales que ello implicaría.
La reforma a la legislación laboral busca
eliminar estas prácticas ultrajantes, establecer garantías para que los
trabajadores puedan denunciar abusos de este tipo, sin poner en riesgo su
contratación, y sancionar a los patrones que, abusando de la necesidad y la
vulnerabilidad de los trabajadores, incurren en este delito, se subraya.
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