Amigos:
En la sesión del pasado 7 de abril de 2015, los
diputados aprobamos reformas al Código Penal Federal que amplían la protección
de cuatro especies marinas ante su captura en periodo de veda e impone penas de
hasta nueve años de prisión y tres mil días de multa a quien realice esta
actividad de manera ilegal.
Precisa que las especies pepino de mar, camarón,
almeja generosa y erizo de mar, deben ser protegidas ante la sobreexplotación
de éstas el país, de igual manera que lo están otras de su especie.
El dictamen de la Comisión de Justicia fue avalado
por 321 votos a favor, 48 en, contra y seis abstenciones, proviene de
iniciativas que diversos diputados del PRI presentaron en 2013, modifica la
fracción II Bis del artículo 420 de dicha legislación y se turnó al Senado para
su análisis.
Señala que es indispensable que el Código Penal
Federal contemple sanciones a la pesca ilegal de las especies mencionadas, de
igual manera que se tipifica para las especies acuáticas denominadas “Abulón” y
“Langosta”, con el propósito de evitar su extinción e impulsar el
aprovechamiento sustentable de los recursos marinos.
El artículo 420 especifica que se impondrá una pena
de uno a nueve años de prisión y el equivalente de 300 a tres mil días multa, a
quien ilícitamente, y de manera dolosa, capture, transforme, acopie,
transporte, destruya o comercie con estas especies acuáticas.
Lo anterior dentro o fuera de los periodos de veda,
sin contar con la autorización correspondiente y en una cantidad que exceda los
10 kilogramos de peso.
El documento aclara que la Ley General de Pesca y
Acuacultura Sustentables regula la captura de las especies marinas y establece
las infracciones y sanciones administrativas, pero sostiene que no ha sido
suficiente para inhibir la captura ilegal.
Con las medidas aprobadas por el Pleno se busca
combatir las irregulares situaciones que afectan la pesca legal.
Expone que la pesca furtiva es una actividad que
por no tener el control daña las medidas de ordenación y conservación, conduce
al agotamiento de los recursos, debilitando con ello la capacidad del sector
pesquero de alcanzar los objetos económicos y sociales.
También constituye una amenaza para todas las
personas que dependen de la pesca.
Finalmente señala que al incluir en el catálogo de
las conductas consideradas como delitos en la legislación penal federal se
restringirá la pesca furtiva.
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