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domingo, 10 de noviembre de 2013

En la tierra de Gabo


9 de noviembre
 
Con motivo de la implementación de los juicios orales en nuestro país, hemos tenido oportunidad quienes somos parte de la directiva de la Comisión de Justicia del Congreso de la Unión, de visitar Washington D.C, hace unos meses, para conocer el sistema norteamericano y esta semana Bogotá, Colombia.

Tuvimos la oportunidad de entrevistarnos en ambos países, tanto con miembros de la fiscalía, como con la autoridad jurisdiccional. Sin duda que ambas experiencias han sido constructivas y nos han permitido enterarnos de primera mano vía nuestros anfitriones, de un sistema de impartición de justicia, diferente al implementado en nuestro país.

Voy  a centrarme en la experiencia colombiana, a toda luz cercana a la cultura e idiosincrasia mexicanas, no en balde hay tantas coincidencias que nos hermanan, como la historia, la lengua, el ánimo, nada más y nada menos.

Los colombianos cambiaron al Sistema Acusatorio en enero del 2005. Fue un largo camino el que tuvieron que recorrer, romper paradigmas no es fácil, ir de un modelo inquisitivo a uno garantista, fue toda una odisea, así nos lo compartieron tanto don Luis Camilo Osorio, exprimer Fiscal Federal, uno de los padres de su implementación en tierras latinoamericanas, y el Doctor Jaime Granados, brillante abogado litigante y principal redactor de la Ley 906, Código de Procedimiento Penal Acusatorio.

Es el modelo acusatorio colombiano, producto de la determinación de quienes estaban convencidos de que su país necesitaba con urgencia un instrumento distinto de impartición de justicia en materia penal, en un pueblo que sabe de horas aciagas en materia de violencia venida de una delincuencia a la que había que acotar en el marco de un orden jurídico ad hoc a las circunstancias.

El modelo inquisitivo deviene de reflexiones profundas del grupo de jueces, académicos, profesionales del derecho, y sobre todo en su primer trayecto, de liderazgos de la sociedad civil, reconocidos por su probidad y compromiso con las causas de su comunidad. La voluntad y la generosidad los llevó a compartir conocimientos y experiencias para solventar el problema de la justicia penal en su país. El primer obstáculo lo constituyó la reticencia de quienes estaban casados con el modelo inquisitivo, y hablamos del propio poder judicial, del ministerio público, de muchos académicos que desde la universidad le apostaban al fracaso de semejante osadía. Al final del día recibió el apoyo de muchos sectores, al considerarse como verdadera opción para el mejoramiento de la administración de justicia en materia penal.

El fundamento constitucional del Sistema Acusatorio radica en el reconocimiento al derecho de todo ciudadano a un proceso “público sin dilaciones injustificadas, así como a presentar pruebas y a controvertir las que allegue en su contra”. La Fiscalía tiene un papel definitivo en la eficacia del sistema, se le fortalece al dejarla sin las  funciones jurisdiccionales, para que se dedique única y exclusivamente a la labor de investigación apoyada en los órganos de Policía Judicial que quedan bajo su dirección, coordinación y control en todas las labores que ejecute a partir del informe ejecutivo. Esto asegura la imparcialidad y la igualdad de condiciones entre las partes para obtener una sentencia justa producto de un juicio oral, concentrado y contradictorio con igualdad de medios entre acusado y acusador.

Hay mucho que compartir sobre este sistema, espacio es lo que nos falta, de modo que en posteriores participaciones le comentaré al respecto. Cierro con la respuesta que me dio el Doctor Granados cuando le pregunte si había valido la pena el esfuerzo para implementarlo en Colombia: “Si, hoy tenemos una mejor impartición de justicia penal. Hay aspectos que mejorar sin duda, pero lo más difícil ya lo hicimos”.

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