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viernes, 31 de mayo de 2013

Solicitamos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que elimine topes innecesarios en carreteras del país


Amigos:
 
Les informo que en la sesión ordinaria del pasado 5 de marzo, los diputados solicitamos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) retirar los topes innecesarios que se encuentran en algunas carreteras del país y los sustituya por otras opciones, como desaceleradores, que no obligan a los usuarios a detenerse.

El Pleno avaló un punto de acuerdo presentado por el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar (PVEM), en el que se establece que la presencia de estos topes tienen repercusiones ambientales, porque se genera un mayor gasto de combustible, lo que contribuye a incrementar la contaminación atmosférica.

Se exhorta a la SCT “a implantar acciones destinadas a retirar los topes en carretera que no sean estrictamente necesarios y sustituir los indispensables para preservar la seguridad de usuarios y peatones por otras opciones, como desaceleradores, que no obliguen a los usuarios a detenerse”.

La de San Cristóbal-Palenque, Chiapas, es una de las carreteras con excesiva cantidad de topes, con más de 400 a lo largo de 191 kilómetros, lo que representa un tope cada 500 metros, se indicó en el punto de acuerdo.

De acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en la carretera Jojutla-Alpuyeca, Morelos, transitan tres mil automóviles y, a causa de los 50 topes en ese tramo, desperdician alrededor de siete mil litros de gasolina, lo que significan seis mil toneladas de dióxido de carbono cada año.

El documento también señala que los topes obligan a los automovilistas a reducir la velocidad de sus vehículos hasta casi detenerse y las personas que viajan en ellos se convierten en presa fácil de la delincuencia.

Según datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dados a conocer en 2011, la inseguridad en autopistas y vías federales es un problema grave y creciente.

Entre enero y agosto de 2011 se registraron mil 828 robos de vehículos públicos y particulares en carreteras de 13 entidades, de los cuales 86.8 por ciento fue violento.

Infografía del GPPAN: ADIÓS FUERO. TODOS IGUALES ANTE LA LEY


Aprobamos dictamen que acota fuero constitucional, con cambios a la minuta del Senado y lo regresamos a la Cámara alta

Amigos:

Les quiero informar de uno de los grandes logros de este periodo ordinario de sesiones: la acotación del fuero.

A continuación les detallaré cómo se dio la aprobación en la sesión del 5 de marzo.

En esa sesión, los diputados aprobamos en lo general y en lo particular, con 376 votos a favor, 56 en contra y cinco abstenciones, el dictamen que reforma los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución, que acota la figura del fuero constitucional.

El dictamen, avalado por la Comisión de Puntos Constitucionales el pasado 27 de febrero, modifica la minuta que envió el Senado de la República y es regresado a la Cámara alta para su trámite correspondiente.

En el artículo 111 se acotó el fuero para legisladores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consejeros de la Judicatura Federal y diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Además de los Secretarios de Despacho, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE).

Establece que los funcionarios públicos acusados de algún delito no podrán ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo, pero si serán sujetos de proceso penal.

Si se les dicta sentencia en su contra, y ésta es incompatible con el ejercicio de su cargo, se les separará de sus funciones y quedarán a disposición de las autoridades.

En el dictamen se elimina el juicio de procedencia, denominado de desafuero, para que un legislador enfrente un proceso penal.

Actualmente, un funcionario que haya cometido un delito debe ser desaforado, en primera instancia, por la Cámara de Diputados, para luego poder ser procesado penalmente y cumplir con una condena, una vez que le sea dictada sentencia.

Diputados del PRD y PAN avalamos en lo general el dictamen, pero pugnamos porque en el texto se mantuviera la disposición de eliminar del fuero también para el Presidente de la República, como establecía originalmente la minuta enviada por el Senado.

Durante la discusión en lo particular se aprobaron dos reservas al texto del dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales.

La primera, presentada por los diputados Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI), Marcos Aguilar Vega (PAN), Tomás Torres Mercado (PVEM) y Luis Antonio González Roldán (Nueva Alianza), modificó los párrafos segundo y cuarto del artículo 111.

Dicho artículo señala que “cuando se dicte sentencia condenatoria, el órgano jurisdiccional notificará al ente público del cual forme parte el servidor público sentenciado, en un plazo de 10 días a partir de que ésta cause ejecutoria, para los efectos legales a que haya lugar”.

Los diputados avalamos agregar al párrafo segundo de este artículo que “tratándose de delitos del fuero común, el servidor público podrá solicitar en cualquier momento a las autoridades federales que se avoquen al conocimiento de la investigación o proceso correspondiente, debiendo éstos aclarar de inmediato el asunto”.

También eliminamos que debe separarse al sentenciado de sus funciones cuando la sanción impuesta haga incompatible el ejercicio del cargo en términos de las fracciones VI del artículo 38 de la Constitución.

Esta fracción establece que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.

Por lo cual el texto quedó como sigue:

“En caso de que la sanción impuesta haga incompatible el ejercicio del cargo en términos de la fracción III del artículo 38 de esta Constitución, se separará al sentenciado de sus funciones con sujeción a lo establecido en la legislación aplicable, quedando a disposición de la autoridad correspondiente. La separación del cargo tendrá efectos mientras se extingue la pena”.

La segunda reserva aprobada, presentada por el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM), suprime la expresión “derogar” del artículo sexto transitorio del dictamen y agregar que el decreto deroga ordenamientos que, ya sea por el rango jurídico o por la materia, se opongan al contenido del mismo.

“Se suprime tal expresión de derogación y en todo caso agregamos en especial aquellas disposiciones que tengan que ver con la declaración de procedencia que ahora está inserta en la Ley de Responsabilidad Administrativas y en la propia Constitución Política”, aclaró el legislador.

Información sobre la aprobación en lo general

Aprobamos en lo general el dictamen que acota el fuero constitucional a funcionarios públicos

Los diputados aprobamos en lo general y en los artículos no reservados, el dictamen que acota el fuero constitucional a funcionarios públicos, con 376 votos a favor, 56 en contra y cinco abstenciones.

El documento reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política.

En el artículo 111 se modifica el esquema de inmunidad procesal penal (llamado fuero) de diversos servidores públicos, como son los legisladores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los consejeros de la Judicatura Federal.

Además de los Secretarios de Despacho, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral.

Actualmente, para sujetarlos a juicio penal es necesaria la declaración de procedencia que emite la Cámara de Diputados, misma que tiene por efecto retirar del cargo a la persona.

En el dictamen aprobado se establece que la inmunidad proteja únicamente la libertad de los servidores públicos, así como el principio de presunción de inocencia que les asiste como a todo ciudadano.

Un servidor público que cuente con inmunidad constitucional no podrá ser privado de su libertad durante el tiempo en que ejerza su cargo, pero sí podrá ser sujeto de proceso penal, bajo las reglas especiales que incluye el presente dictamen.

El dictamen no contempla en estos casos la figura del Presidente de la República, que queda como en los términos actuales, goza de inmunidad salvo en caso de traición a la patria y delitos graves del orden comun.

Tras la votación en lo general inició la discusión de las reservas presentadas en lo particular.

PRI, PVEM, PAN y PRD avalan acotar el fuero constitucional, pero las dos últimas bancadas insisten en que se incluya a la figura del Presidente de la República
Diputados del PRI, PVEM, PAN y PRD expresaron su apoyo en lo general al dictamen que acota el fuero constitucional, pero las dos últimas bancadas insistieron que se incluya la figura del Presidente de la República.

Al fijar la posición de las fracciones parlamentarias durante la discusión en el Pleno, legisladores del PT y Movimiento Ciudadano se manifestaron en contra de esta reforma constitucional, mientras que Nueva Alianza no subió a tribuna.

El dictamen que reforma los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución fue avalado por la Comisión de Puntos Constitucionales el pasado 27 de febrero y establece que los funcionarios públicos no podrán ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo.

Sin embargo, plantea que cualquier servidor público podrá ser sujeto de proceso penal y, una vez dictada sentencia en su contra, y si ésta es incompatible con el ejercicio de su cargo, se le separará de sus funciones y quedará a disposición de las autoridades.

Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno Rivera (PRD), dijo que establece que los servidores públicos podrán ser sujetos de juicio penal, pero protege su libertad para emitir opiniones.

En representación del PRI, Paulina Alejandra Del Moral Vela explicó que el Presidente de la República debe de gozar de fuero como medida de protección del interés nacional, además de que es una institución que no puede ser vulnerada o expuesta por procedimientos penales dolosos.

“En México no hay intocables (…) el único intocable debe ser el interés supremo de la nación”, dijo la diputada luego de señalar la necesidad de mantener la inmunidad para la figura del Presidente de la República, que representa la unidad nacional y la protección del interés supremo del país.

Mi compañero, el diputado Marcos Aguilar Vega del PAN enfatizó que la era del fuero llegó a su fin, que los diputados serán sujetos a un proceso penal sin restricción de su libertad, hasta que se emita una sentencia condenatoria, en los mismos términos que un ciudadano.

Criticó al PRI por rechazar que también se elimine el fuero para la figura presidencial y cuestionó al PRD por críticas que hizo en su contra por presuntamente apoyar la posición priista.

Silvano Aureoles Conejo (PRD) consideró que acotar el fuero de servidores públicos es un triunfo de la izquierda, pero consideró como un grave error eximir de ello al Presidente, con el cual se pretende mantener intocable al titular del Ejecutivo y fortalecer un “presidencialismo caduco y arcaico”.

“Consideramos que el titular del poder Ejecutivo no debe ser excluido del mecanismo de procedencia que aplica para cualquier sujeto dotado de inmunidad, sea parte del poder judicial o servidor público de la federación en alguna entidad o en alguno de los órganos que se prevén en la norma”, indicó.

Ruth Zavaleta Salgado (PVEM) se manifestó a favor del dictamen como lo presentó la comisión y señaló que la inviolabilidad de la palabra y la inmunidad constitucional son dos prerrogativas de los sistemas democráticos que pugnan por fortalecer la división del poder y el equilibrio que tiene que existir.

Consideró que el fuero no es un privilegio personal para los integrantes de los tres poderes, sino un privilegio del poder legislativo para que diputados y senadores representen con “eficacia, eficiencia y honor” a sus electores y a la población, sin que por ello sean vulnerables ante los otros dos poderes.

Lilia Aguilar Gil (PT) afirmó que el dictamen “es una farsa popular y política”, porque en el documento se cambia el nombre de fuero a inmunidad y se otorga poder exacerbado al Poder Ejecutivo federal, encaminado hacia un sistema de “autoritarismo moderno”.

Aseguró que el fuero no es un sistema de privilegios para “poner nuestra charola en donde van las placas (de los automóviles) o para incurrir en actos de corrupción”, sino que genera un equilibrio de poderes.

Por Movimiento Ciudadano, Ricardo Monreal Ávila dijo que la propuesta significa un “adefesio legislativo” porque elimina la figura de la declaración de procedencia y se incorpora la inmunidad, que les protegerá sólo de la privación de la libertad y no de un proceso penal injustificado.

“Es una tontería suprimir el fuero de los legisladores. Los diputados de la oposición seremos vulnerables aunque no se tenga ningún problema, el Legislativo se auto limita y al presidente de la República se deja con los mismos privilegios”, afirmó.

Posteriormente, antes de votar el dictamen en lo general, tomaron la palabra diputados a favor y en contra del documento.

Al inicio de la discusión, el diputado Ricardo Mejía Berdeja (Movimiento Ciudadano) presentó una moción suspensiva para no dar trámite al dictamen en el Pleno, por considerar que no toca la figura del presidente de la República y pone en un papel vulnerable a los legisladores, la cual fue rechazada por mayoría.

Durante la discusión, diputados perredistas colocaron sobre sus curules dos pancartas con las leyendas: “’No hay intereses intocables’ EPN” y “Presidente sin fuero, interés nacional”, para manifestar su descontento por no incluir a la figura presidencial en la limitación del fuero constitucional.

jueves, 30 de mayo de 2013

Aprobamos crear la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para establecer criterios conforme a estándares internacionales

Amigos:

Por este medio quiero informarles que en la sesión ordinaria del 28 de febrero aprobamos, con 423 votos a favor, 12 en contra y una abstención, un dictamen que crea la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, con el objetivo de fortalecer el marco jurídico del sector, en materia de solvencia, estabilidad y seguridad.

Se establecen criterios conforme a los estándares y prácticas internacionales, de acuerdo al documento avalado en el Pleno.

La Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas reforma la Ley Sobre el Contrato de Seguro y abroga la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

El Ejecutivo federal presentó la iniciativa el 25 de octubre de 2012 en el Senado de la República, que la remitió a la Cámara de Diputados y ahora se envía al Ejecutivo para su promulgación.

La nueva ley contempla que mediante una fórmula general o modelos internos, las instituciones determinen el capital necesario para cumplir con sus obligaciones.

Establece la posibilidad de que puedan contar con modelos internos para calcular su requerimiento de capital de solvencia, considerando los riesgos a los que están expuestas, lo que tendrá que ser autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

La Ley incorpora una serie de mecanismos para fortalecer sus estructuras de gobierno corporativo con el propósito de que las aseguradoras y afianzadoras estén en posibilidad de cumplir el nuevo régimen de solvencia que se propone.

Su consejo de administración deberá instrumentar un sistema eficaz de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de su actividad.

Este consejo será responsable, entre otros, de temas vinculados con la suficiencia de los recursos, reservas técnicas y la política de inversión.

También deberá establecer las medidas y procedimientos que permitan que las instituciones cumplan con el esquema de solvencia y un sistema de control interno que coadyuve a alcanzar el propósito referido.

Adicionalmente, las instituciones de seguros y de fianzas tendrán obligaciones para transparentar su situación financiera frente al mercado y dar a conocer información sobre su perfil de riesgo y nivel de capitalización.

La Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas homologará el marco jurídico aplicable a los sectores de seguros y de fianzas, con las reformas que se efectuaron a la Ley de Instituciones de Crédito en 2008 y en la Ley del Mercado de Valores de 2005.

Conjuntamente lleva a cabo una redistribución de las facultades que tienen asignadas las autoridades financieras en torno a una política pública, operación y supervisión, para delimitar sus ámbitos de actuación.

Las autoridades involucradas en estos casos son la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

La reforma a la Ley sobre el Contrato de Seguro incorpora las reglas específicas relativas al contrato de seguro de caución, perfecciona el régimen de los seguros obligatorios y regula la concurrencia de seguros en el caso de seguros contra la responsabilidad.

También tiene otras precisiones que buscan dar certidumbre a los asegurados y beneficiarios en la contratación de seguros.

Definimos la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades

Amigos:

Los diputados, en la sesión del 28 de febrero, aprobamos, con 422 votos a favor, un dictamen que reforma la Ley General de Salud, a fin de establecer la definición de salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

La iniciativa, que adiciona el artículo 1º. Bis a la Ley General de Salud, la presentaron el 22 de marzo del año pasado diputados del PRI, PRD, PAN, PVEM y Nueva Alianza y es enviada al Senado de la República para su análisis y eventual aprobación.

En las consideraciones se expone que en la actualidad no se encuentra la definición de salud, por lo tanto se considera de vital importancia colocar en la misma, un concepto que sea homogéneo y acorde a la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Se señala que con la reforma se homogenizan las diferentes definiciones que se encuentran estipuladas en las normas oficiales mexicanas, las cuales en varias ocasiones se encuentran desiguales a lo determinado en la OMS.

miércoles, 29 de mayo de 2013

Exhortamos al Ejecutivo a que en el Plan Nacional de Desarrollo se consideren prioritarias las actividades del sector social de la economía

Amigos:

En nuestra sesión ordinaria del 28 de febrero, hicimos un exhorto al titular del Poder Ejecutivo federal para que en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo considere prioritarias las actividades del sector social de la economía, para impulsar el crecimiento económico del país.

Se pretende dar prioridad a las actividades del sector social como palancas desarrollo en el Plan maestro del sexenio, de acuerdo con el punto de acuerdo aprobado por el Pleno.

El documento recuerda que la aplicación de este tipo de políticas públicas en las economías de algunos países sustentan su efectividad en el desarrollo nacional.

Datos del 2012, aseguran que a nivel mundial las cooperativas cuentan con casi mil millones de socios y generan 100 millones de empleos, un 20 por ciento más que las firmas multinacionales.

En este mismo año, las ventas de las 300 empresas cooperativas más grandes del mundo suman 1.1 trillones de dólares, importe comparable al Producto Interno Bruto (PIB) de algunas de las economías nacionales más importantes.

La propuesta presentada por la Junta de la Coordinación Política (Jucopo) recuerda que el Plan Nacional de Desarrollo deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, en este caso el pasado 1 de diciembre.

Aprobamos dictamen para regular investigaciones de violaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor

Amigos:

En la Cámara de Diputados aprobamos, en la sesión del 28 de febrero, un dictamen, con 425 votos a favor y dos en contra, para regular las investigaciones de cualquier presunta violación a la Ley Federal del Derecho de Autor, con el objeto de proteger la producción cultural y la innovación en el país.

“Cuando los derechos de autor no están adecuadamente protegidos, se corre el riesgo de frenar o inhibir la creación y la producción de las manifestaciones correspondientes, pues no sólo se dan afectaciones económicas, sino también de índole moral”, manifiesta el documento.

El dictamen plantea establecer en la ley vigente que el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) tiene facultades para llevar a cabo visitas de inspección y requisición de informes cuando emprende investigaciones por presuntas infracciones administrativas.

Esto con el fin de evitar que dichas acciones sean impugnadas por los investigados, como sucede actualmente.

El documento, presentado en diciembre de 2009 por el entonces diputado Jesús Báez Pinal (PRI), reforma los artículos 210, 213, 218 y 235 de la Ley Federal del Derecho de Autor y en enviado al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

Establece que para hacer valer que se ejerza esta ley y su reglamento no será necesario ningún procedimiento ni acción previa.

Del mismo modo, plantea que en el procedimiento administrativo de conciliación se imponga una multa de 100 a 150 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a aquéllos que no asistan a la junta de avenencia que proceda a la presentación de una queja.

Finalmente, faculta a los tribunales federales en general a emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en las fronteras, en caso de infracciones comerciales, cuando actualmente sólo lo puede realizar el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Avalamos establecer la obligación de que alimentos y bebidas no alcohólicas cuenten con información nutricional del producto


Amigos:

En la sesión del 28 de febrero, los diputados aprobamos, con 402 votos a favor, adicionar un párrafo segundo al artículo 210 de la Ley General de Salud, para establecer como obligatorio que alimentos y bebidas no alcohólicas deben contar con la información nutricional del producto.

Con las modificaciones, la ley “establece con carácter de obligatoriedad incluir la declaración nutrimental obligatoria del etiquetado y cuando el producto reclame poseer propiedades agregadas, deberá también acatarse el etiquetado complementario”.

La iniciativa fue presentada en marzo del 2012 e impulsada por diputados del PAN, PRI, PRD, PVEM y Nueva Alianza.

El etiquetado deberá contener la descripción de la información nutricional para dar a conocer al consumidor sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica pre-envasados.

Entre otras cosas deberá precisar el contenido energético, proteínas, hidratos de carbono o carbohidratos disponibles, indicando la cantidad correspondiente a azúcares.

La declaración sobre el contenido energético debe expresarse ya sea en kJ (kcal) por 100 g, o por 100 ml, o por porción en envases que contengan varias porciones, o por envase cuando éste contiene sólo una porción.

La información nutricional que contengan los alimentos y bebidas no alcohólicas, deberá estar en idioma español.

En la etiqueta puede presentarse cualquier información o representación gráfica que indique que el envase que contiene el alimento o bebida no alcohólica pre envasado no afecta al ambiente, evitando que sea falsa o equívoca para el consumidor.

El dictamen fue enviado a la Cámara de Senadores para su análisis y dictamen.

martes, 28 de mayo de 2013

Congresos estatales avalan reforma educativa y la Cámara de Diputados la envía al Senado


Amigos:
 
Les quiero informar que el pasado 6 de febrero, la Cámara de Diputados informó que la reforma educativa, aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre pasado, fue avalada por la mayoría de las legislaturas estatales y la envía al Senado para sus efectos correspondientes.

En la Cámara de Diputados se recibieron 23 aprobaciones hasta esa fecha.

Estas corresponden a los congresos de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Se reforman los artículos 3o., fracciones III, VII y VIII, y 73, fracción XXV; y adiciona un párrafo tercero; un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3o., de la Constitución Política, en materia educativa.

Aprobamos que este 2013 se declare como Año de la Libertad y la República

Amigos:

Aprobamos en la sesión del 6 de febrero que este 2013 se declare Año de la Libertad y la República, conmemorativo del centenario de las muertes del presidente Francisco I. Madero, del vicepresidente José María Pino Suárez, del senador Belisario Domínguez Palencia y de los diputados Serapio Rendón, Gustavo A. Madero y Adolfo C. Gurrión.

La iniciativa fue avalada por 411 votos a favor, cero en contra y 10 abstenciones. Pasó al Senado de la República para sus trámites correspondientes.

El documento firmado por los coordinadores de los grupos parlamentarios y avalado por el Pleno, señala que estos mexicanos, junto con otros miles, “ofrendaron la vida por los ideales de una República libre, justa, democrática y constitucional”.

Los líderes de las bancadas aseguraron que este 2013 tendrá especial significación en las efemérides del país, al cumplirse 100 años de trágicos acontecimientos en la historia nacional que provocaron la muerte violenta de miles de mexicanos.

Recordaron que en febrero de 1913 se registró la tristemente célebre “decena trágica” y las voces de los “legisladores mártires” se alzaron en el Congreso “para denunciar al usurpador, defender la autonomía del Poder Legislativo y exigir la renuncia de un presidente ilegítimo, mas aun cuando ese cargo fue producto de la traición y el asesinato”.

“El usurpador disolvió el Congreso y arrestó a sus integrantes, lo que significó la ruptura del orden constitucional y el arranque definitivo de la Revolución Mexicana, impulsada por el constitucionalismo, que culminaría en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917”, agregaron.

Es indudable, indicaron, que los mártires de 1913, “señaladamente don Francisco I. Madero, José María Pino Suárez, Serapio Rendón, Gustavo A. Madero, Adolfo C. Gurrión y Belisario Domínguez Palencia, requieren ser honrados durante 2013, pues se cumplen 100 años de los cruentos acontecimientos”.

También señalaron que estos mexicanos “reflejan su vigencia permanente como un legado de coherencia, honestidad, valor y dignidad en la lucha constante del pueblo de México por la libertad, la justicia, las aspiraciones sociales y la democracia en un marco siempre constitucional”.

El decreto aprobado establece que toda la correspondencia oficial del Estado deberá contener, al rubro o al calce, la leyenda 2013, Año de la Libertad y la República, y los gobiernos federal, estatales y municipales realizarán actividades cívicas, académicas y culturales “que enaltezcan la gesta heroica de los mártires de 1913”.

También señala que el Banco de México podrá emitir una serie de monedas conmemorativas con las efigies de los ilustres mártires de 1913 en su centenario.

Estas monedas tendrían las efigies del presidente Francisco I. Madero, el vicepresidente José María Pino Suárez, los diputados Serapio Rendón, Gustavo A. Madero y Adolfo C. Gurrión, así como del senador Belisario Domínguez Palencia, incluyendo la leyenda: “Ofrendó su vida por la libertad y la república”.

Los retos de la educación contemporánea

Por Esther Quintana Salinas
 
Generar conciencia de las propias posibilidades y de los propios límites, es esencial para el desarrollo integral de las personas, y esto implica que escuela y familia lo construyan juntos ¿por qué? porque en las dos estructuras viven, respiran, existen, las personas a las que hay que formar y educar. Desarrollar metas y propósitos compartidos, no es fácil, sobre todo porque no estamos acostumbrados a ello, sin embargo, a partir del mandato constitucional, habrá que hacerlo. Transcribo el párrafo de la fracción III del 3ro. Constitucional: … el ejecutivo federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas… así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en especial de los padres de familia, en los términos que la ley señale”.

La escuela tendrá que construir una oferta y estar pendiente de procesar las demandas de las familias, y atenderlas con profesionalismo y responsabilidad. También, conforme a la adición a la fracción XXV del 73 constitucional que: “asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad”.

En el transitorio Quinto inciso a, se establece con claridad meridiana la relevancia de la participación de los padres de familia para que se involucren en la resolución de los retos que la escuela enfrenta. Y es que la escuela es un ente vivo, es un actor social relevante, inserto en la dinámica social, en los grandes procesos económicos y culturales, pero sobre todo, es generadora de VIDA COTIDIANA, con perspectiva histórica. Por ello resulta esencial su vinculación con los padres de familia y con la sociedad en general. La escuela no es un mundo aparte, es parte del mundo al que debe de servir.

La escuela tiene que reaprender a bien utilizar el poder que le da tener a su cargo la enseñanza que conlleva al desarrollo de las habilidades con las que la población debe atender sus desafíos. Si la mejora continua de la educación ha quedado priorizada en la reforma constitucional, y se subraya que tiene que ser educación con calidad, la evaluación a quienes la impartan tiene un rol relevante. No es posible pensar en calidad, sin hacer referencia a los procesos de evaluación y estos procesos tienen que estar alineados con las metas establecidas. La evaluación, siguiendo la definición del doctor en pedagogía Joaquín Gairín Sallán, catedrático de la Universidad de Barcelona, es un proceso reflexivo, sistemático y riguroso de indagación para la toma de decisiones sobre la realidad, que atiende a su contexto, considera global y cualitativamente las situaciones que la definen, considera tanto lo explícito como lo implícito y efectos secundarios y se rige por principios de utilidad, participación y ética.

Evaluar, bajo estos cánones, implica adentrarse en la complejidad de perspectiva de los diversos actores que participan en el proceso educativo, y también reconocer la entidad de cada uno de ellos para expresar suspuntos de vista. Evaluar, en palabras llanas, amerita asumir el compromiso con dicha complejidad y sobre todo, con las acciones que la hagan eficiente y objetiva.

La construcción de la escuela que necesitamos en este siglo, no es sólo responsabilidad de quienes trabajan en ella, también lo es de la sociedad a la que sirve, y de quienes estamos obligados, y aquí me refiero específicamente al Poder Legislativo, a proporcionarle los recursos que se necesitan para solventar el reto de su implementación, si no todo quedará en la inútil parafernalia de las intenciones, que no son más que discursos huecos de políticos amorcillados, de los que están hasta la ídem en nuestro país.

Educar requiere capacidad de compromiso, no son tiempos para agotarse en la protesta estéril, alimentada en la sordidez de intereses mezquinos. Le transcribo párrafos del discurso del Papa emérito Benedicto XVI, pronunciado en Cerdeña, ya que lo que nos agobia no es exclusivo de México, sino de la sociedad actual: “…los educadores han de ir por delante, convencidos de que la mejor inversión es educar a los hijos y a los ciudadanos; dispuestos a vencer la pereza para prepararse lo mejor posible con vistas a esta tarea; atesorando el coraje para despreciar el conformismo de quien piensa que todo está perdido…”

Para afrontar la “emergencia educativa” — subrayó Benedicto XVI en Cagliari— se necesitan educadores capaces de compartir lo que de bueno y verdadero hayan experimentado y profundizado en primera persona. No hay mejor definición de lo que es ser testigo, ni condición más necesaria para ser maestro.

lunes, 27 de mayo de 2013

Ampliamos sanción por venta y comercialización de medicamentos caducos hasta nueve años de prisión y multa de 50 mil días de salario mínimo

Amigos:

Deseo informarles que en la sesión del 28 de febrero aprobamos un dictamen que amplía hasta nueve años de prisión y multa 50 mil días de salario mínimo las sanciones a quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos caducos.

El dictamen reforma la fracción III del artículo 464 Ter de la Ley General de Salud y surge de una iniciativa presentada en marzo de 2012 por el entonces diputado de la LXI Legislatura Carlos Alberto Ezeta Salcedo.

En el documento se menciona que en la actualidad la Ley General de Salud hace referencia a los medicamentos caducos en su artículo 233, donde establece que queda prohibida su venta y suministro.

Asimismo, en el artículo 421 de la misma ley se establece una multa equivalente de seis mil hasta 12 mil veces el salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, por lo que el diputado que presentó la iniciativa señala que este castigo no es suficiente dada la gravedad del tema en cuestión.

En el dictamen que aprobamos se establece una pena de uno a nueve años de prisión y multa de 20 mil a 50 mil días de salario mínimo.

En las consideraciones se expone que al igual que los alimentos industrializados, las medicinas cuentan con una fecha de caducidad que, después de rebasarla, se recomienda el desecho y la suspensión del consumo.

La vida útil de los medicamentos se establece en pruebas que permiten a la industria y a las autoridades determinar por cuánto tiempo y en condiciones normales (o específicas, cuando, por ejemplo, requieren refrigeración) el producto sigue garantizando las mejores condiciones de calidad y no hay riesgo de algún daño en la salud.

Se asegura que pasada la fecha de vencimiento de la caducidad, la mayoría de las preparaciones farmacéuticas pierden eficacia y algunas pueden desarrollar un perfil de reacción diferente y adversa en el organismo.

En el mejor de los casos, un producto terapéutico ya caduco no tendrá efecto alguno para restablecer la salud.

Desafortunadamente también se corre el riesgo de que la sustancia activa haya modificado su composición –por desnaturalización, oxidación o cualquier otro proceso– y entonces hay el peligro latente de que provoque daños colaterales que se añadan al mal original que motivó su uso.

La minuta fue enviada al Senado para sus efectos constitucionales.

Exhortamos a la cancillería revisar con EU el Memorándum de entendimiento sobre repatriación segura, ordenada, digna y humana de mexicanos

Amigos:

El pasado 7 de febrero, en la Cámara de Diputados exhortamos a la Secretaría de Relaciones Exteriores a revisar con Estados Unidos el Memorándum de entendimiento sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de mexicanos.

“El objetivo es que se privilegien mecanismos de traslado que garanticen la llegada segura, a sus lugares de origen, de nuestros connacionales, salvaguardando su bienestar físico”, señala el punto de acuerdo presentado por el diputado David Pérez Tejada Padilla (PVEM) y avalado por el Pleno.

Asimismo, en el caso de niñas, niños y adolescentes se observará el respeto a sus derechos establecidos en la Convención de los Derechos del Niño.

En las consideraciones, se expone que autoridades del Condado Imperial, California, señalaron que por tiempo indefinido aumentarán las deportaciones semanales de indocumentados aprehendidos en otras fronteras, como Texas.

Los detenidos son transportados vía aérea a Yuma para posteriormente deportarlos por la garita de Calexico, California, a partir de las 05:00 horas y en grupos numerosos.

La Patrulla Fronteriza (Border Patrol) argumentó que no son deportaciones masivas y que forman parte del regreso voluntario del Programa de Salida y Transferencia de Extranjeros (Alien Transfer and Exit Program).

El legislador del PVEM recordó que ese programa inició en diciembre del 2007 y su objetivo principal es impedir un nuevo contacto de los migrantes con los polleros, a quienes contratan para internarse en Estados Unidos.

Según el memorándum y los arreglos locales, existen 26 puntos oficiales para llevar a cabo deportaciones, pero Baja California registra el mayor número de repatriaciones, principalmente por las Garitas de Mexicali y Tijuana.

Una gran parte de los deportados tienen antecedentes penales por diversos delitos como robo, asalto, violencia intrafamiliar, relacionados con drogas y sexuales.

“Con el presente punto de acuerdo pretendemos mejorar la coordinación entre los diferentes actores involucrados en la recepción de las/los migrantes, ya sean entidades federales, estatales, municipales de ambos lados de la frontera, así como las organizaciones de la sociedad civil”, señala el documento aprobado este jueves.

También menciona la creación de bases de datos binacionales e intercambio de información, así como la implementación de la llamada Plataforma México.

viernes, 24 de mayo de 2013

Firma Peña Nieto decreto de nueva Ley de Amparo

1 de abril de 2013
Luego de dos años de discusión en el Congreso de la Unión, el presidente Enrique Peña Nieto firmó hoy el decreto de promulgación de la nueva Ley de Amparo y la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución.

Desde Palacio Nacional, el mandatario dijo que esta nueva ley que fortalece uno de los pilares fundamentales del Estado de derecho del país es el mérito "de todo el Estado mexicano que se está transformando para contar con más y mejores instituciones y consolidar el estado de derecho que todos anhelamos".

Peña Nieto destacó que el derecho es la base de la convivencia entre todos los particulares y que con la promulgación de la Ley de Amparo se da uno de los avances legislativos "más importante en años".

Destacó que hoy se renueva y revitaliza dicho estado, sobre todo porque se centra la atención en los derechos del ser humano.

Enumeró los tres puntos fundamentales que fundamentan la nueva Ley de Amparo: 1.- Se amplia la esfera de protección a los derechos, el juicio de amparo procederá en contra de quienes violen los derechos humanos reconocidos y los tratados internacionales.

"Con ello, los derechos humanos serán objeto de protección directa. Siempre que la norma, acto y omisión viole los derechos humanos. Con ello se tutela los derechos de todos los ciudadanos", aseguró.

2.- Se eleva la eficacia de la justicia mexicana. La sentencia de todo amparo para efectos señalará con precisión los términos. Las promociones ya no se podrán realizar por línea.

Y en este sentido dijo que "se otorga la facultad excepcional para solicitar a la Corte acciones cuando se justifique para mantener el orden público".

3.- Se fortalece a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, otorgando a los circuitos una autonomía, lo cual permitirá dar mayor homogeneidad a los juicios.

Con ello, abundó, se robustece el esquema de sanciones. "En última instancia, la Corte podrá sancionar cuando se incumpla en una sentencia de amparo", detalló.

En su oportunidad, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados Francisco Arroyo, consideró que la nueva legislación amplía los márgenes de legitimidad jurídica y visualiza los amparos colectivos y se modernizan las herramientas de defensa de los ciudadanos ante actos de gobierno.

Dijo que el amparo es una institución que le servirá a los mexicanos de este siglo y no será un recurso largo y eterno.

Destacó que es tiempo de las reformas que tanto han esperado los mexicanos y que sin protagonismos ni renta partidista, ni por obstruir al contrario se debe detener las reformas que están en ciernes.

En tanto, Ernesto Cordero, presidente del Senado de la República dijo que a casi dos años se logró el cambio legal que permite fortalecer una de las figuras más importantes del derecho mexicano.

Además de armonizar las leyes nacionales con el derecho internacional esta nueva ley combate la omisión de la autoridad en beneficio de toda la sociedad.

E hizo un llamado a trabajar unidos para que la ley sea aplicada en beneficio de todos los mexicanos.

En su turno, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJN), Juan Silva Meza reiteró la bienvenida a la nueva legislación y afirmó que armonizará el sistema judicial.

Aseguró que ministros, magistrados y jueces deberán honrar su compromiso de defender a los ciudadanos, salvaguardar sus derechos humanos y evitar el abuso de las autoridades.

"El Poder Judicial de la Federación da la bienvenida a la nueva ley que precisa la forma en que nosotros habremos de actuar. La sociedad debe estar segura de que los titulares del Poder Judicial de la Federación, honraremos nuestro compromiso", aseguró.

Pero aclaró que "esta no es una ley entre otras sino el motor que permite que toda la Judicatura Federal entre en actividad".

La nueva ley resuelve discusiones teóricas, instaura instituciones jurídicas impensables, además que establece la posibilidad de que la SCJN emita las denominadas declaraciones generales de inconstitucionalidad y restringe la posibilidad de que se puedan alargar indebidamente los juicios.
Fuente: Radio Fórmula
Ver decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) 

Dictamen completo de la Ley de Amparo para su consulta


Los diputados aprobamos la Ley de Amparo


 
Aprobamos tres modificaciones consensadas a los artículos 16, 61 y 79 del dictamen de la nueva Ley de Amparo, al inicio de la discusión de esta reforma

Amigos:

Quiero informarles, por este medio, que en la sesión del pasado 12 de febrero, los diputados aprobamos tres modificaciones consensadas a los artículos 16, 61 y 79 del dictamen sobre la nueva Ley de Amparo, al inicio de la discusión de esta reforma.

Las modificaciones de forma que fueron leídas por la secretaría son las siguientes:

Artículo 16. El representante del fallecido continuará el juicio. Debe decir: el representante legal del fallecido continuará el juicio.

Artículo 61 fracción XVII. En lo que corresponda al quejoso una vez cerrada la instrucción. Debe decir: en lo que corresponda al quejoso una vez concluida la etapa intermedia.

Artículo 79 fracción III. En los casos en que tenga carácter de quejoso. Debe decir: en los casos en que tenga el carácter de quejoso o adherente.

Las modificaciones fueron avaladas por el Pleno.

Al inicio de discusión, la presidenta de la Comisión de Justicia, Claudia Delgadillo González, defendió el dictamen.

Posteriormente inició el posicionamiento de los grupos parlamentarios.

Adelantan las fracciones su apoyo en lo general a la nueva Ley de Amparo, con algunas reservas, y Movimiento Ciudadano pide moción suspensiva, sin éxito

La mayoría de los grupos parlamentarios adelantaron su voto a favor en lo general del dictamen de Ley de Amparo, con algunas reservas, mientras que Movimiento Ciudadano presentó una moción suspensiva que fue rechazada por el Pleno

La diputada Cristina González Cruz del PRI señaló que la Ley de Amparo otorga certeza y seguridad jurídica a la ciudadanía y reconoce sus derechos de intervenir en procesos que les afecten.

Recordó que esta nueva legislación es resultado de la modernización de la Constitución y del sistema de justicia penal, de la ampliación del catálogo de derechos fundamentales en la carta magna y del fortalecimiento del poder judicial.

Mi compañero, José Arturo Salinas Garza afirmó que AN avala la nueva ley porque amplía la protección de los ciudadanos frente la autoridad y garantiza su acceso a la justicia, al darles el doble de tiempo para presentar el juicio y eliminar la necesidad de un abogado, permitiendo la apertura del trámite a través de Internet.

No obstante, adelantó que presentará reservas a las fracciones primera, décimo primera y décimo tercera del artículo 129.

Ver aquí su intervención completa.

Alejandro Carbajal González del PRD también indicó que su fracción respalda en lo general el dictamen, sin embargo propondrán la supresión absoluta de la fracción XIII del artículo 129 del documento.

Antonio Cuéllar Steffan del PVEM señaló la obligación constitucional de discutir y votar la Ley de Amparo para resolver los problemas que derivan de la vida cotidiana y las necesidades de la sociedad.

Indicó que su fracción celebra el presente dictamen, ya que tiene por objeto actualizar a la figura del amparo y adecuarlo a las necesidades actuales.

Ricardo Monreal Ávila (Movimiento Ciudadano) criticó que no se hayan realizado foros de discusión con especialistas antes de dictaminar la minuta que remitió el Senado de la República, por lo que adelantó su voto en contra del dictamen.

Al inicio de la sesión, el Pleno rechazó una moción suspensiva del diputado José Antonio Hurtado Gallegos (Movimiento Ciudadano), quien cuestionó “el poco” tiempo en que la Comisión de Justicia elaboró el dictamen, así como los trabajos de los integrantes del Pacto por México (PRI, PAN, PRD y gobierno federal).

Lilia Aguilar Gil (PT) adelantó que su bancada votaría a favor en lo general, porque la reforma convierte a los tribunales de amparo en tribunales constitucionales, garantiza el acceso al amparo para aquellos que tengan un interés legítimo y crea la figura del amparo prioritario en caso de urgencia.

Sin embargo, también adelantó que el PT discutiría el artículo 129.

Aprobamos en el Pleno de la Cámara de Diputados la nueva Ley de Amparo en lo general y en lo particular los artículos no reservados

Después de los posicionamientos, aprobamos con 434 votos a favor, 18 en contra y seis abstenciones, la nueva Ley de Amparo en lo general y en lo particular los artículos no reservados.

De manera previa, el presidente de la Mesa Directiva, Francisco Arroyo Vieyra (PRI), comunicó al Pleno que existían 38 reservas en lo particular al dictamen, al menos 11de ellas al artículo 129.

Este artículo 129 establece los casos en que de concederse la suspensión se ocasiona perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden público


Los artículos reservados fueron los siguientes:

-Artículo 1
-Artículo 4
-Artículo 5, fracción primera y eliminación del párrafo segundo 
-Artículo 5, párrafo segundo
-Artículo 5, fracción primera
-Artículo 16
-Artículo 17, fracción segunda
-Artículo 17, fracción tercera
-Artículo 40, párrafo y fracción primera
-Artículo 61, fracción vigésima
-Artículo 75, eliminación del párrafo tercero
-Artículo 79, incisos A y B y adición de un inciso B a la fracción cuarta
-Artículo 79, último párrafo

-Artículo 85, primer párrafo
-Artículo 107, adición de una fracción novena
-Artículo 117
-Artículo 122
-Artículo 129
-Artículo 129 párrafo último
-Artículo 129 párrafo último
-Artículo 129 párrafo último
-Artículo 129 fracción primera
-Artículo 129 fracción tercera
-Artículo 129 fracción décima primera
-Artículo 129 fracción décima primera
-Artículo 129 fracción décima tercera
-Artículo 129 fracción décima tercera
-Artículo 129 fracción décima tercera
-Artículo 135
-Artículo 166
-Artículo 173, párrafo primero
-Artículo 173, párrafos cuarto, vigésimos sexto y vigésimo séptimo
-Artículo 174 
-Artículo 192
-Artículo 198
-Artículo 217
-Artículo 231
-Artículo 231

Y finalmente, aprobamos con modificaciones la nueva Ley de Amparo, y  regresamos la minuta al Senado de la República para su ratificación.

La Nueva Ley de Amparo plantea una reforma integral a ese juicio derivado de la reforma constitucional que entró en vigor el 4 de octubre de 2011

El dictamen sobre la nueva Ley de Amparo, que aprobamos el martes pasado plantea una reforma integral a ese juicio derivado de la reforma constitucional que entró en vigor el 4 de octubre de 2011.

En el documento, que se regresó al Senado para su ratificación, se establece que esta nueva Ley de Amparo tiene dos grandes vertientes:

1.- Modernizar y adecuar el juicio de amparo a los tiempos actuales, para que su tramitación sea más ágil y oportuna, así como para aumentar su protección ampliando el ámbito de su tutela, protegiendo intereses legítimos de las personas, así como la posibilidad de que haya declaratorias generales de inconstitucionalidad para un beneficio más generalizado.

2.- Se fortalecen las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la atención prioritaria de los asuntos que le competen, así como el otorgamiento de atribuciones más expeditas para la integración de jurisprudencia y la resolución de contradicción de criterios, lo que abonará a una mayor seguridad jurídica en las decisiones del máximo tribunal.

El Congreso de la Unión aprobó en 2011 una reforma constitucional en materia penal, en la que se establecían 120 días posteriores para aprobar la ley reglamentaria en materia de amparo.

El 11 de octubre de 2011, el Senado de la República aprobó esa ley reglamentaria, pero su discusión inició hasta el pasado 5 de febrero en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, que la semana pasada aprobó el dictamen que se presentó este martes al Pleno.

El documento reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política.

También de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Congreso General y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Estas reformas, se asegura en el documento, permitirán que el juicio de amparo siga siendo el principal instrumento de defensa de derechos que tienen las personas para protegerse de los actos de las autoridades.

Se faculta al Consejo de la Judicatura Federal para establecer Plenos de Circuito, atendiendo al número y especialización de los Tribunales Colegiados que pertenezcan a cada circuito.

Se desarrollan las disposiciones secundarias para que en los juicios de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad se resuelvan de manera prioritaria cuando alguna de las Cámaras del Congreso o el Ejecutivo federal, así lo solicite.

En estos casos se debe justificar la urgencia, atendiendo el interés social o al orden público.

Se amplía de manera sustancial la esfera de protección del juicio de amparo, ya que los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por la Constitución.

También se contempla la defensa de los derechos establecidos en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Se especifica que los tribunales federales conocerán de los procedimientos relacionados con delitos del orden federal y por controversias del orden mercantil, en este último caso, a elección del actor, podrán conocer de ellas los tribunales del orden común.

También se determina con precisión la incompetencia de origen del juicio de amparo para conocer controversias en materia electoral.

Entre otros muchos aspectos, se dota de efectos generales de las sentencias de amparo, estableciendo que la jurisprudencia en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, excepto en materia tributaria, tendrá efectos generales.

Para este propósito, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad.

GPPAN lamenta voluntad del gobierno y su partido de hacerse de herramientas autoritarias

COMUNICADO

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional lamenta la voluntad del gobierno y su partido de hacerse de herramientas que autoricen la conducta autoritaria que los mexicanos nos sacudimos hace doce años.

Nos parece impensable que el gobierno cuente con el poder de intervenir en los medios de comunicación poniendo en riesgo la libertad de expresión; o la posibilidad de ponerle fin a las operaciones de cualquier banco yendo en contra de los ahorros de los ciudadanos; o justificar su intromisión en empresas mineras o productores agrícolas y ganaderos que explotan las aguas del subsuelo que se traduciría en la pérdida de productividad, empleos y derechos básicos con los que ahora cuentan los mexicanos.

No se trata de defender intereses particulares, ni de nadie en especial, se trata de no permitir que sea a través de un artículo con el que el gobierno cuente con poderes supra constitucionales que le otorguen la posibilidad de amenazar a la ciudadanía ni de tomar como rehén a algún empresario por ir en contra de sus intereses.

Detrás de los falsos discursos está el afán de la amenaza a la libre empresa y la ley del garrote. Las leyes se hacen para favorecer y fortalecer a los ciudadanos y no para facultar el autoritarismo de gobiernos temerosos de sus propios gobernados.

Tendrá Ley de Amparo impacto positivo en los ciudadanos: PAN

El Partido Acción Nacional está satisfecho con la Ley de Amparo, aprobada ayer en la Cámara de Diputados, ya que plantea diversas transformaciones fundamentales que garantizan a los mexicanos un recurso jurídico de defensa ante los abusos de la autoridad.

Con esta Ley se beneficiará a quien no pueda pagar un abogado, al aplicar de manera universal una resolución que se declare inconstitucional para una ley o artículo, lo cual significa un cambio importante porque actualmente sólo se beneficia al que presenta la demanda.

También amplía la protección de los ciudadanos frente a la autoridad, tomando los principios internacionales en materia de derechos humanos.

Además, moderniza a las instituciones del país al permitir los juicios electrónicos, digitalización de expedientes para garantizar mayor agilidad y transparencia; y dobla el periodo para presentar una demanda de amparo de 15 a 30 días, lo que permitirá al ciudadano tener una mayor oportunidad de defenderse.

Otra ventaja, impulsada por el PAN y que se aprobó ayer, es que los casinos ya no puedan impedir la clausura de su establecimiento mediante la suspensión, lo cual representa un hecho relevante ya que la mayoría opera escudándose en esa figura.

Tampoco se permite la suspensión en materia de pensiones alimenticias. De esta manera, las madres e hijos estarán protegidos pues no se les podrá dejar de pagar.

Sin embargo, Acción Nacional lamenta que las reservas planteadas en materia de entidades financieras y de concesiones no hayan sido aprobadas, y que el gobierno cuente con el poder de intervenir en los medios de comunicación poniendo en riesgo la libertad de expresión.

Estos riesgos son posibles daños irreparables, como la pérdida de empleos o la quiebra de una empresa.

Acción Nacional reitera que garantizará que los mexicanos cuenten con una protección adecuada frente al Estado y continuará su trabajo para construir un marco jurídico transparente y equitativo en favor de los ciudadanos.

jueves, 23 de mayo de 2013

Aprobamos dictamen para proteger las islas nacionales y evitar que sean puestas en venta

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 14 de marzo pasado, los diputados aprobamos un dictamen para que las islas mexicanas no puedan ser desincorporadas del dominio del Estado y entregadas a particulares, con el objeto de salvaguardar la soberanía nacional y favorecer la conservación de la biodiversidad.

El documento, aprobado con 429 votos a favor, propone reformar el artículo 6 de la Ley General de Bienes Nacionales y adicionar un segundo párrafo al artículo 162 de la Ley Agraria.

Actualmente, la Ley Agraria no establece que los terrenos nacionales o baldíos del territorio insular no podrán ser enajenados ni desincorporados del régimen de dominio público del Estado, señala el documento.

Asimismo, la Ley General de Bienes Nacionales no contempla que las islas que pertenezcan al territorio nacional estén sujetas al régimen de dominio público de la Federación, lo que ha permitido la privatización de éstas y que puedan ser puestas en venta, indica.

“Si bien los artículos 27 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señalan la jurisdicción de la federación sobre esos territorios, la Ley Agraria puede desincorporarlos de su régimen y enajenarlos a los particulares”, explica.

Esta situación atenta contra la soberanía nacional, el desarrollo de actividades económicas tradicionales de bajo impacto y el valor ambiental de las islas, agrega el documento.

Afirma que el que la Ley Agraria permita que se puedan enajenar y desincorporar terrenos nacionales o baldíos del régimen federal, busca favorecer el desarrollo de actividades económicas primarias como la agricultura.

Sin embargo, dicha regla opera de forma genérica para territorio insular y el de la plataforma continental, homologación que se considera incorrecta, ya que la naturaleza de los terrenos no es la misma hablando en términos ambientales e incluso de soberanía nacional, expone.

El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada en septiembre pasado por la diputada Gabriela Medrano Galindo (PVEM), fue turnado al Senado para su discusión y, en su caso, aprobación.

Aprobamos incluir referencia directa al Congreso de Anáhuac en la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Amigos:
 
En la sesión ordinaria del 14 de marzo, los diputados aprobamos modificar el artículo 18, inciso a, de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para incluir de manera directa la referencia al Primer Congreso de Anáhuac, celebrado en 1813 y considerado el primer constituyente de la nación.
 
El inciso “a” de ese artículo establece la fecha 6 de noviembre como “Conmemoración de la promulgación del Acta de la Independencia Nacional por el Congreso de Chilpancingo, en 1813”.
 
La modificación propuesta señala: “Conmemoración de la promulgación del Acta Solemne de la Declaratoria de Independencia de la América Septentrional por el Primer Congreso de Anáhuac sancionada en el Palacio de Chilpancingo, en 1813.
 
En el documento se indica que “el Congreso de la Anáhuac sentó las bases del actual Congreso de la Unión del Estado Mexicano y el crisol de las ideas del movimiento de independencia de 1810 que dieron identidad a nuestra nación frente a la dominación del imperio español”.
 
En dictamen fue aprobado por unanimidad con 426 votos a favor.
 
La Comisión de Gobernación, que elaboró el dictamen, señala que se modifican sendas propuestas presentadas en el 2011 por senadores de distintos grupos parlamentarios y el Congreso del estado de Guerrero, impulsadas por organizaciones de historiadores, académicos y sociedad civil.
 
Recuerdan que la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales regula las características, uso y ejecución de cada uno de los símbolos patrios, “fomentando su respeto y veneración por las cuales se sustenta la unidad y los valores más importantes de la República”.
 
El dictamen se regresó al Senado de la República.