Se envía a congresos locales para sus
efectos constitucionales
12-12-2013.-
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, la minuta que
modifica los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política en materia
energética.
Con
353 votos a favor, 134 en contra y cero abstenciones, se aprobaron en lo
particular y con la mayoría calificada, los artículos reservados en términos
del decreto. La reforma se remitió a las legislaturas de los estados para sus
efectos constitucionales.
Alrededor
de las 22:55 horas del miércoles 11 de diciembre, inició el debate en lo
particular de las reservas a los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna, así
como a los transitorios del 1 al 21, impulsadas por diputados del PRD,
Movimiento Ciudadano, PT y Acción Nacional.
Un
total de 79 diputados hicieron uso de la palabra para la discusión en lo
particular que concluyó este jueves 12 de diciembre, alrededor de las 12:17
horas.
Con
estas reformas se permitirán los contratos con particulares en la exploración y
extracción del petróleo y demás hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo
de la Nación, a fin de obtener ingresos que contribuyan al desarrollo del país
en el largo plazo. Tratándose de minerales radioactivos no se otorgarán
concesiones, se expone en la minuta.
En
los artículos transitorios se prevé que la ley establecerá la forma y los
plazos, los cuales no podrán exceder dos años a partir de la publicación de
este decreto, para que los organismos descentralizados denominados Petróleos
Mexicanos (Pemex) y Comisión Federal de Electricidad (CFE) se conviertan en
empresas productivas del Estado.
En
tanto se lleva a cabo esta transición, Pemex y sus organismos subsidiarios, así
como la CFE, “quedan facultados para recibir asignaciones y celebrar los
contratos a que se refiere el presente decreto”.
La
reforma sienta las bases que permitirán a México acelerar su crecimiento y
aprovechar al máximo sus recursos. Se podría incrementar la producción de
petróleo en cerca de 1.5 millones de barriles de crudo diarios adicionales para
2025, lo que representa un aumento de 60 por ciento respecto de la producción
actual.
En
el caso del gas natural, la producción podría aumentar para ese mismo año,
aproximadamente a 7.3 miles de millones de pies cúbicos diarios, más del doble
de la producción actual. Además, el incremento en la inversión podría generar
un impacto positivo en el crecimiento del Producto Interno Bruto de alrededor
del 1 por ciento anual en 2018 y hasta 1.6 por ciento anual antes de 2025.
El
dictamen crea el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el
Desarrollo, cuya institución fiduciaria será el Banco de México y tendrá como
objetivo, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y
distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se
refiere el artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos.
Se
especifica que dentro de los 120 días naturales siguientes a la entrada en
vigor del decreto, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones al
marco jurídico para “regular las modalidades de contratación que podrán ser de
servicios, de utilidad o producción compartida o de licencia”.
Entre
los esquemas de contraprestaciones se deberán regular las siguientes: en
efectivo para los contratos de servicio, con un porcentaje de utilidad y para
los contratos de utilidad compartida.
Se
prevé en su régimen transitorio que las leyes respetarán en todo momento los
derechos laborales de los trabajadores que presten sus servicios en los
organismos, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
dedicadas a las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los
hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, así como en las distintas
actividades a cargo de la CFE.
Dicha
medida tiene el objetivo de evitar afectar a los trabajadores que actualmente
prestan sus servicios tanto en Pemex y sus organismos subsidiarios, como la
CFE; ello, con miras a sentar las bases de una adecuada interrelación entre
dichos organismos y las empresas privadas, que a partir de la entrada en vigor
del decreto podrán participar en la ejecución de la exploración y extracción
del petróleo y demás hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo de la
Nación.
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